La Cuota de Solidaridad por Negociación de Convenios Colectivos
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72 - Cuota de solidaridad por negociación de convenios colectivos, La.
El documento aborda la práctica de incluir una 'cuota de solidaridad' en los convenios colectivos, impuesta por los sindicatos negociadores a los trabajadores afectados, independientemente de su afiliación. Se analiza esta cláusula a la luz del Estatuto de los Trabajadores y, fundamentalmente, de la Constitución Española, que garantiza la libertad sindical. El autor, Fernando Suárez González, discute sentencias judiciales que consideran esta cuota contraria a la libertad sindical y, por tanto, inválida. Se destaca una sentencia específica de la Magistratura de Trabajo número 2 de Murcia del 23 de enero de 1982, que rechaza la justificación de las centrales sindicales para imponer dichas contribuciones. La sentencia argumenta que los convenios colectivos no pueden regular las relaciones entre trabajadores y organizaciones sindicales más allá de lo estrictamente laboral y representativo, y que la libertad de sindicación implica también la libertad de no afiliarse, liberando al trabajador de deberes como el de cotizar si no es afiliado. Además, se señala que la potestad tributaria es exclusiva del Estado. El documento concluye que la cuota de solidaridad conculca la legalidad vigente y debe suprimirse, una doctrina que se está implantando en la jurisprudencia española.
Autor: Suárez González, Fernando
Título original: Cuota de solidaridad por negociación de convenios colectivos, La.
Participante: Fernando Suárez González
Participante: Magistrado de Trabajo número 2 de Murcia
Participante: Delegado Provincial
Participante: Tribunal Central de Trabajo
Participante: Centrales sindicales
Participante: Trabajadores