La cesión de créditos: concepto, características y regulación
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La cesión de créditos es un acto legal mediante el cual un acreedor transfiere a otra persona, el cesionario, la titularidad de un derecho de crédito. Este proceso está regulado de manera insuficiente por el Código Civil, en los artículos 1526 y subsecuentes, que tratan sobre la transmisión de créditos y otros derechos incorporales. Es necesario distinguir la cesión de créditos de otros tipos de transmisión de derechos, como los hereditarios o reales, que tienen naturalezas heterogéneas. La cesión puede obedecer a diversas causas, como venta, donación, permuta, aportar a una sociedad o incluso como garantía (fiduciaria).
La cesión puede clasificarse según la causa que la motive y no es un negocio abstracto, ya que sus efectos dependen de la causa subyacente. En cuanto a los sujetos, están el cedente, que debe tener capacidad para disponer del crédito, y el cesionario, quien adquiere el derecho. La cesión requiere que el crédito sea válido, existente y transmisible, lo cual puede ser limitado por leyes o disposiciones contractuales. Además, comprenderá todos los derechos accesorios del crédito, como garantías. Aunque el Código Civil no exige una forma específica para la cesión, se aplica la libertad formal, requiriendo escritura pública para ciertos derechos.
Autor: Alvarez Carballo, Jesús Mª
Título original: Cesión de créditos: concepto y caracteres, La
Participante: Jesús María Álvarez Carballo
Participante: Castán