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La protección por vejez

76 - Protección por vejez, La.

El documento detalla el esquema de la protección por vejez en el derecho español de la Seguridad Social, que busca proteger al trabajador que cesa en su actividad por cuenta ajena al alcanzar una determinada edad. La jubilación generalmente requiere haber cumplido 65 años y cesar en el trabajo, aunque existen excepciones para actividades penosas, tóxicas, peligrosas o insalubres, y la jubilación a los 64 años bajo el Real Decreto Ley 14 de 20 de agosto de 1981 si la empresa sustituye al trabajador por uno desempleado. Tradicionalmente, la jubilación en España es un derecho voluntario. El Estatuto de los Trabajadores intentó establecer una jubilación forzosa a los 69 años, con una excepción por no haber completado los periodos de carencia, pero el Tribunal Constitucional declaró esta disposición inconstitucional en su sentencia del 2 de julio de 1982, al considerar que vulneraba el derecho al trabajo consagrado en la Constitución. Por lo tanto, no existe un límite máximo de edad para la jubilación obligatoria. Se explica que la pensión es vitalicia y se calcula en función de los periodos de cotización a la Seguridad Social, requiriendo un mínimo de 10 años cotizados (700 días dentro de los 7 años anteriores). La base reguladora se calcula dividiendo por 28 la suma de las bases de cotización de 24 meses ininterrumpidos elegidos dentro de los 7 años previos al origen del derecho, y la pensión es un porcentaje de esta base, que comienza en el 50% por 10 años de cotización y aumenta un 2% por cada año adicional, pudiendo alcanzar el 100% con 35 años de cotización.

Autor: Suárez González, Fernando
Título original: Protección por vejez, La.

Participante: Fernando Suárez González

Licencia: Copyright (Licencia propietaria)
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