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Derecho Civil III: El Tracto Sucesivo

3 - Tracto sucesivo, El

El documento aborda en profundidad el principio del tracto sucesivo, fundamental en el Registro de la Propiedad. Este principio establece que el registro debe reflejar la historia de la propiedad de una finca de manera exacta y continua, conectando cada asiento registral con el titular anterior en una relación de causante a causahabiente. Se explica que, para que un título de propiedad (como una compraventa) sea inscrito, el causante (vendedor) debe figurar previamente inscrito como titular. El tracto sucesivo tiene un efecto positivo, al autorizar al titular registral para otorgar actos inscribibles, y un efecto negativo, al impedir la inscripción de actos que no provengan del titular anteriormente inscrito. Se aclara que es un principio de carácter puramente formal, que afecta la inscripción pero no invalida el acto jurídico subyacente en el derecho civil puro. El documento cita el artículo 20 de la Ley Hipotecaria como su formulación explícita y discute el concepto de 'tracto sucesivo abreviado', una excepción donde dos o más titularidades pueden constar en un mismo asiento registral (como en casos de herencias y particiones), siempre manteniendo la continuidad de la historia jurídica de la finca.

Autor: López Jacoiste, José Javier
Título original: Tracto sucesivo, El

Participante: José Javier López Jacoiste

Licencia: Copyright (Licencia propietaria)
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