El Derecho de Anticresis en el Código Civil
Descargar
- Descargar este audio (12.47MB)
- DR_19_25
25 - Derecho anticresis, El
La anticresis es un derecho real de garantía contenido en el Código Civil, que permite al acreedor recibir los frutos de un bien inmueble del deudor, aplicándolos primero al pago de intereses y luego al capital del crédito. Esta figura jurídica, con origen en el derecho romano, se consolidó como un contrato independiente en nuestro Código, aplicable exclusivamente a bienes inmuebles. La anticresis implica que el acreedor asuma la responsabilidad del mantenimiento del inmueble, lo cual la hace impopular debido a las obligaciones que conlleva. A pesar de su naturaleza de garantía, proporciona el derecho al acreedor de retener y vender el inmueble si la deuda no es satisfecha, aunque no permite la apropiación directa del bien.
El código establece derechos y obligaciones tanto para el acreedor como para el deudor. El acreedor tiene derecho a los frutos del bien, a la retención del mismo, y a pedir su venta en caso de impago, pero también debe cubrir impuestos y mantenimiento del inmueble. El deudor mantiene la propiedad del bien, pero debe liquidar su deuda para recuperar su uso. La anticresis se extingue con la cancelación de la deuda, por renuncia o por la realización del valor del inmueble. Esta figura sigue siendo objeto de debate sobre su aplicación y adecuación en el sistema jurídico contemporáneo.
Autor: Pérez de Vargas Muñoz, José
Título original: Derecho anticresis, El
Participante: Profesor Pérez de Vargas
Participante: Profesor Castán
Participante: Valverde
Participante: Slovenko
Participante: Profesor Díez Picazo
Participante: Puig Brutau