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Dualismo y Monismo en el Derecho Internacional

12 - Fundamentación del Derecho Internacional, La. 2ª parte.

El dualismo y el monismo son dos teorías que explican la relación entre el derecho internacional y el derecho interno. El dualismo sostiene que ambos sistemas jurídicos son distintos y separados, cada uno con sus propios sujetos, derechos y obligaciones. Esta postura defiende la existencia del derecho internacional como un orden jurídico autónomo, en reacción al monismo que enfatiza la primacía del derecho interno. Figuras clave en el dualismo como Dripel y Ancilotti argumentan que existen dos tipos de acuerdos: contratos que definen derechos y deberes subjetivos, y convenios que crean normas y reglas colectivas que benefician a todos los contratantes.
Por otro lado, el monismo argumenta que ambos sistemas jurídicos forman una unidad, con el derecho internacional a menudo asumiendo primacía. La Teoría Pura del Derecho de Hans Gelsen es un enfoque monista que intenta explicar el fenómeno jurídico mediante una estructura normativa jerárquica, desde normas inferiores hasta normas superiores, como una constitución o norma hipotética. Aunque Gelsen no determinó que el derecho internacional tuviera intrínsecamente mayor primacía, sus discípulos sostienen que, para que el derecho internacional cumpla su función, debe prevalecer sobre el derecho interno. Esta visión ha sido influenciada por el contenido de la norma hipotética, determinado a menudo por la cosmovisión particular de los actores jurídicos.

Autor: Puente Egido, José.
Título original: Fundamentación del Derecho Internacional, La. 2ª parte.

Participante: José Puente Ejido
Participante: Dripel
Participante: Ancilotti
Participante: Jelinek
Participante: Hans Gelsen

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