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Derecho de la persona a la educación

53 - Derecho de la persona a la educación.

El documento analiza el derecho de la persona a la educación desde una perspectiva de derecho natural, argumentando que se fundamenta en la naturaleza humana y ha evolucionado a través de la historia. Se define la educación como el perfeccionamiento voluntario y continuo de las facultades humanas, esencial para el desarrollo integral de la persona y el bien común social. El texto explora los caracteres de este derecho —natural, personal, primario, inalienable y social— y su tardía incorporación a las libertades públicas, citando a filósofos como Locke y Rousseau, quienes ya en el siglo XVII intuyeron un derecho individual a la educación. Destaca la consagración del derecho a la educación en documentos clave como la Declaración Universal de Derechos Humanos (Artículo 26), la Declaración de los Derechos del Niño (Principio Séptimo), y la Constitución Española (Artículo 27), que establecen la gratuidad y obligatoriedad de la enseñanza, así como la libertad de cátedra y de enseñanza para los padres. Finalmente, concluye que la educación no solo debe preparar al individuo para la sociedad y la profesión, sino, fundamentalmente, para ser persona en su sentido más amplio.

Autor: Gregorio Burgos, Mª Salud de.
Título original: Derecho de la persona a la educación.

Participante: María Salud de Gregorio Burgos
Participante: Messner
Participante: Korsgrau
Participante: Legaz Lacambra
Participante: Locke
Participante: Rousseau

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