Análisis de la Norma Canónica en el Derecho Eclesiástico
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86 - Sobre la norma canónica.
La norma canónica se estructura en el Código de 1917 bajo normas generales, incluyendo decretos generales, instrucciones, estatutos y reglamentos. Existen actos administrativos singulares como rescriptos, privilegios y dispensas, que en este ordenamiento no son vistos como resultado de la actividad legislativa, sino de la administración eclesiástica, emanando de la potestad de régimen de la Iglesia, dividida en legislativa, ejecutiva y judicial. La ausencia de una clara división entre actividades legislativas y ejecutivas ha llevado a que algunos actos sean considerados tanto normas como actos administrativos, lo que el nuevo Código ha abordado al calificar ciertas normas como leyes y otras como actos administrativos.
El Código revisado introduce innovaciones como los decretos generales, que pueden ser legislativos o ejecutivos, y las instrucciones que son disposiciones internas administrativas. Los decretos generales pueden ser de rango de ley, establecidos por la potestad legislativa, o de rango inferior, otorgados por la autoridad ejecutiva con concesión legislativa. Los rescriptos son actos administrativos de gracia a petición, constando de tres partes: solicitud, contestación formal y norma singular. Estos permiten privilegios, dispensas o concesiones, reflejando una actividad administrativa formalizada que no afecta la vigencia general de las leyes, sino casos específicos.
Autor: Pérez-Llantada Gutiérrez, Jaime
Título original: Sobre la norma canónica.
Participante: Jaime Pérez Llantada Profesor Titular
Participante: Souto Profesor