Análisis del Sistema Matrimonial Español y su Evolución Constitucional
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59 - Sistema matrimonial español vigente, El.
El sistema matrimonial español ha experimentado cambios significativos tras la entrada en vigor de la Constitución de 1978, que estableció a España como un estado no confesional con plena libertad religiosa. Este cambio permitió que el matrimonio civil, anteriormente subsidiario, se convirtiera en una opción facultativa para todos los ciudadanos, incluidos aquellos previamente obligados a contraer matrimonio por la forma canónica de la Iglesia Católica. La nueva instrucción de la Dirección General de Registros y del Notariado, publicada poco después de la Constitución, formalizó el matrimonio civil como una alternativa, respetando los preceptos constitucionales de igualdad ante la ley y la no confesionalidad del Estado.
Los artículos de la Constitución relevantes, como el 32, 16 y 14, establecen el derecho de los individuos a contraer matrimonio con igualdad jurídica y sin obligación de declarar sus creencias religiosas. Esto ha llevado a un sistema dualista que permite optar entre el matrimonio canónico y el civil. La ratificación de los acuerdos entre el Estado español y la Santa Sede, junto con la nueva ley de libertad religiosa en proceso, definirá aún más este marco legal, reafirmando tanto los derechos civiles como las obligaciones religiosas para los matrimonios canónicos, asegurando así una clara distinción entre conciencia religiosa y derechos civiles.
Autor: Pérez Llantada, Jaime
Título original: Sistema matrimonial español vigente, El.
Participante: Jaime Pérez Llantadí Gutiérrez Profesor de Derecho Canónico
Participante: María Antonia Calvo Profesora de Derecho Político II