Modificaciones en la Regulación de Montes Vecinales en Mano Común
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155 - Modificaciones en materia de montes públicos. Los montes vecinales en mano común.
La regulación de los montes vecinales en mano común ha experimentado cambios significativos con la Ley de noviembre de 1980. Esta normativa detalla un régimen jurídico completo que abarca desde el concepto de estos montes hasta su organización y derechos de los usuarios. Se destaca que estos montes son de naturaleza especial y pertenecen a agrupaciones vecinales en calidad de grupos sociales, no como entidades administrativas. Son bienes indivisibles, inalienables, imprescriptibles e inembargables, y no están sujetos a contribuciones territoriales ni cuotas de seguridad social agraria. Sin embargo, pueden ser objeto de cesión temporal o expropiación forzosa por razones de utilidad pública.
Las comunidades vecinales tienen importantes facultades para la administración y disposición de estos montes, como adoptar acuerdos sobre su explotación y regular su uso en los estatutos. La administración agraria juega un papel crucial al encargarse de tareas como el deslinde y mojonamiento, y presta servicios de asesoramiento técnico. Se requiere confeccionar planes de aprovechamiento y transformación de los montes junto con las comunidades, asegurando su conservación e integridad. Este marco regula los derechos y obligaciones tanto de las comunidades como de la administración en la gestión de los montes vecinales.
Autor: Fabeiro, Antonio.
Título original: Modificaciones en materia de montes públicos. Los montes vecinales en mano común.