Análisis del Contrato de Trabajo a Tiempo Parcial y Derecho de Aguas
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1358 - Contrato de trabajo a tiempo parcial, El. El nuevo Derecho de Aguas. 1ª Parte
El contrato de trabajo a tiempo parcial está regulado por el Estatuto de los Trabajadores y se considera tal cuando la jornada acordada es inferior al 77% de una jornada completa. La formalización de estos contratos debe ser por escrito, detallando el número de horas de trabajo y su distribución. Sin una correcta formalización, se presume que el contrato es a jornada completa, lo que puede ser perjudicial para el empleador que deberá probar lo contrario. Además, el contrato de tiempo parcial permite la inclusión de horas complementarias, siempre que se formalicen por escrito.
En cuanto al derecho de aguas, la Ley 46-99 introduce reformas a la Ley de Aguas de 1985, incluyendo la regulación de la desalación de aguas marinas y la reutilización de aguas depuradas. Una novedad significativa es la creación del mercado de aguas, que permite la cesión temporal de derechos de agua a cambio de un precio, introduciendo así un aspecto de mercado a la gestión del agua. Esta ley también aborda la coordinación entre el Estado y las comunidades autónomas y establece regulaciones más estrictas para los vertidos, fortaleciendo las potestades de protección del dominio público hidráulico.
Autor: Suárez, Alejandro; Saz, Silvia del
Título original: Contrato de trabajo a tiempo parcial, El. El nuevo Derecho de Aguas. 1ª Parte
Participante: Alejandro Suárez Profesor de Derecho del Trabajo
Participante: Silvia del Sar Catedrática de Derecho Administrativo en la Universidad de la Laguna