Derecho Procesal I: Análisis del Artículo 24 de la Constitución
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78 - Artículo 24 de la Constitución.
El Derecho Procesal se fundamenta en ciertos preceptos constitucionales, siendo el artículo 24 de la Constitución un pilar esencial. Este artículo establece el derecho a obtener tutela efectiva por los jueces y tribunales, asegurando garantías como el derecho a un juez predeterminado por la ley, defensa y asistencia de letrado, y un proceso público sin dilaciones indebidas. Estas garantías constitucionales aseguran la protección de los derechos e intereses legítimos de las personas, evitando situaciones de indefensión. Además, se destaca la importancia de conceptos clave como jurisdicción, acción y proceso, que giran en torno a este artículo y forman la base del sistema de justicia.
La constitución del derecho a la jurisdicción como un derecho fundamental refleja un avance hacia la protección jurídica, elevándolo a la categoría de derecho subjetivo público con tutela constitucional. En el contexto histórico, se observa que regímenes autoritarios han manipulado estos derechos, subvirtiendo la justicia y controlando indebidamente el poder judicial. Sin embargo, tras el resurgimiento de la democracia, países como Alemania e Italia han constitucionalizado principios y garantías, asegurando la justicia y acceso al poder judicial. De este modo, el Derecho Procesal se posiciona como el marco esencial para la defensa de los derechos, integrando la jurisdicción, acción y proceso con fundamentos constitucionales.
Autor: Almagro Nosete, José
Título original: Artículo 24 de la Constitución.
Participante: José Almagro