Racionalismo vs Positivismo Jurídico: Un Análisis Filosófico
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831 - Racionalismo al positivismo en la concepción del Derecho, Del. 3ª Parte
La filosofía del derecho examina las diferencias entre el racionalismo jurídico y el positivismo jurídico. El racionalismo jurídico se centra en la idea de que la razón humana es la fuente principal de conocimiento y que el derecho natural se basa en la libertad innata de los individuos. Se apoya en principios como el individualismo político, el naturalismo antropológico y jurídico, el pactismo ético-político y el racionalismo epistemológico, argumentando que las leyes naturales se determinan por la naturaleza humana, y la sociedad y el estado surgen de un contrato social.
Por otro lado, el positivismo jurídico desafía esta perspectiva basándose en que el derecho está constituido exclusivamente por las normas vigentes en un contexto histórico y social determinado. Abandona la búsqueda de principios metafísicos suprapositivos y se centra en las leyes establecidas por el estado. Así, el positivismo ve el derecho como un conjunto de normas que obtienen su validez no de fundamentos naturales o racionales, sino de su aceptación y legitimidad dentro del sistema social y legal vigente. Esta concepción representa una ruptura con el racionalismo, reafirmando que el único derecho es el derecho positivo.
Autor: Benito de Castro Cid
Título original: Racionalismo al positivismo en la concepción del Derecho, Del. 3ª Parte
Participante: Benito de Castro Cid Catedrático
Participante: Edith Checa
Participante: Beatriz Santamaría
Participante: Charo López de Haro