Huelgas de hambre y su regulación en el derecho positivo español
Descargar
- Descargar este audio (11.25MB)
- DR_15_6
6 - Huelgas de hambre y su solución en el Derecho positivo español, Las.
El derecho positivo español aborda las huelgas de hambre en instituciones penitenciarias considerando los derechos y obligaciones del interno, entre ellos, la alimentación. Aunque un recluso puede renunciar voluntariamente a la alimentación, la situación cambia cuando está en peligro de muerte o de sufrir daños irreparables. Según el reglamento penitenciario, no se contempla la alimentación forzosa, a menos que existan coacciones materiales necesarias para mantener la disciplina. La intervención médica para alimentación forzosa es controvertida y depende del estado de necesidad, que podría justificar la acción para evitar consecuencias fatales, siempre que el ayunador esté en pleno uso de sus facultades mentales.
La práctica médica debe decidir cuándo intervenir, teniendo en cuenta diversos parámetros físicos y bioquímicos que indican peligro inminente para la salud del recluso. La intervención se justifica cuando el riesgo para la vida supera la libertad individual, amparándose en la norma que exime de responsabilidad penal a los médicos que actúan en estado de necesidad. Sin embargo, ni funcionarios ni autoridades penitenciarias pueden exigir la alimentación forzosa, y solo médicos capacitados deben tomar esta decisión basada en un análisis exhaustivo, especialmente cuando un recluso se encuentra en un estado crítico debido a una huelga de hambre.
Autor: Serrano Gómez, Alfonso
Título original: Huelgas de hambre y su solución en el Derecho positivo español, Las.
Participante: Alfonso Serrano Gómez Profesor de Derecho Penal II
Participante: Philly
Participante: Doctor Castillón