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El Derecho Procesal en el Estatuto del País Vasco

20 - Derecho Procesal en el Estatuto del País Vasco, El. 1ª parte.

Este documento aborda las particularidades de la organización judicial y el derecho procesal en el Estatuto de Autonomía para el País Vasco. Se examina la competencia exclusiva del Estado en legislación procesal (artículo 149.1.6 de la Constitución), con la salvedad de las especialidades derivadas del derecho sustantivo de las comunidades autónomas. El proyecto de Estatuto Vasco reivindica competencia exclusiva en normas procesales y procedimientos administrativos/económico-administrativos que se deriven de su derecho sustantivo y organización propia (artículo 10.6). Se distinguen dos fuentes legislativas: la estatal común y la del Parlamento Vasco para especialidades. En cuanto a la organización judicial, la Constitución atribuye la administración de justicia al Estado (artículo 149.1.5), previendo un Tribunal Superior de Justicia en la comunidad autónoma y agotando las instancias procesales en el territorio autonómico. El documento detalla las facultades gubernativas que el País Vasco puede ejercer en administración de justicia, diferenciándolas de la independencia judicial. Finalmente, se establece que la organización y funcionamiento del Ministerio Fiscal y el derecho de gracia corresponden íntegramente al Estado, según el artículo 13 del Estatuto.

Autor: Almagro Nosete, José
Título original: Derecho Procesal en el Estatuto del País Vasco, El. 1ª parte.

Participante: José Almagro

Licencia: Copyright (Licencia propietaria)
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