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Fianza y Dote en el Derecho Romano: Caso de Ticio y Sello

25 - Ticio, fiador voluntario. Con base en el caso nº 98 de Casuísmo y Jurisprudencia romana del Prof. García Garrido.

La situación presentada trata sobre el papel de la fianza en el derecho romano, ejemplificado en el caso de un matrimonio entre Sello y Sempronia. En este contexto, Titia, la madre de Sempronia, promete una dote a Sello. Ticio se ofrece voluntariamente como fiador de esta dote, garantizando su cumplimiento ante Sello. En el derecho romano, la dote era crucial para la estabilidad económica y afectiva de un matrimonio. La fianza, como garantía personal, permite al acreedor buscar satisfacción directa del fiador si el deudor principal falla en cumplir con sus obligaciones.
Tres figuras históricas de garantía personal en el derecho romano son analizadas: esponsio, fidei promisio, y fideiusio. Con el tiempo, la fideiusio se consolidó como la forma más moderna y prevalente, que permitía al fiador responsabilizarse de la deuda original. En el escenario descrito, la obligación de Ticio se transmite a sus herederos. Sin embargo, la posibilidad de recuperación de lo pagado por parte de los herederos depende de la existencia de un mandato o gestión de negocios, lo cual no se establece en este caso. Por ende, la solución propuesta sería que el heredero de Ticio adquiera la acción del acreedor original contra el deudor.

Autor: Eugenio y Díaz, Francisco
Título original: Ticio, fiador voluntario. Con base en el caso nº 98 de "Casuísmo y Jurisprudencia romana del Prof. García Garrido.

Participante: Ticio Fiador voluntario
Participante: Sello
Participante: Sempronia
Participante: Titia
Participante: Escébola

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