¿Qué son las relaciones de sujeción especial?
La Constitución española no asume expresamente la categoría de la relación de sujeción especial, pero, en determinados preceptos, limita el ejercicio de ciertos derechos fundamentales a colectivos de personas en virtud de una finalidad o de la función pública que desempeñan. Es el caso de los presos, los funcionarios, los miembros de las fuerzas armadas y de los cuerpos de seguridad y los jueces, fiscales y magistrados.
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