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¿Qué son las relaciones de sujeción especial?
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La Constitución española no asume expresamente la categoría de la relación de sujeción especial, pero, en determinados preceptos, limita el ejercicio de ciertos derechos fundamentales a colectivos de personas en virtud de una finalidad o de la función pública que desempeñan. Es el caso de los presos, los funcionarios, los miembros de las fuerzas armadas y de los cuerpos de seguridad y los jueces, fiscales y magistrados.
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