Lección 11: Objeción de conciencia y servicio público

Fecha de grabación: 18 sept 2019
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Partiendo del hecho de que todos los ciudadanos estamos obligados a cumplir las normas jurídicas pretendemos analizar la posible existencia de razones que justifiquen en alguna ocasión el incumplimiento de las normas jurídicas.
Por otra parte, los servidores públicos están obligados no sólo a cumplir el derecho sino también a exigir su cumplimiento. Como obligados a cumplirlo son también sujetos del derecho a la objeción de conciencia y como órganos de exigencia del cumplimiento del derecho deben respetar los derechos de los ciudadanos a las objeciones de conciencia.
Por lo que siempre, teniendo en cuenta el interés general, deben armonizar la objeción de conciencia con el cumplimiento del derecho.
Analizar todos estos aspectos es el objetivo de esta lección.

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  • Narciso Martínez Morán colaborador honorífico del Departamento de Filosofía del Derecho, UNED
  • José Luis de la Calle Muñoz realizador CEMAV, UNED