La responsabilidad del deudor por incumplimiento de la obligación

Fecha de grabación: 8 nov 2008
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Derecho Civil II

Se analiza las dos circunstancias que pueden concurrir en la responsabilidad del deudor por incumplimiento de la obligación, que exista culpa o negligencia, dolo o mora, en cuyo caso el deudor va a responder siempre, o que concurran caso fortuito o fuerza mayor, de ser así, el deudor si prueba que han tenido lugar estas circunstancias que han impedido el cumplimiento de la obligación, el deudor queda exonerado.

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  • María Paz Pous de la Flor profesora de Derecho Civil, UNED
  • Rosario López de Haro Rubio redactora - locutora, CEMAV, UNED