Nacionalidad española y Carta de Naturaleza
La Carta de Naturaleza se contempla en el artículo 21 del Código Civil, y se otorga discrecionalmente mediante Real Decreto cuando concurran circunstancias excepcionales. Este expediente de concesión de la nacionalidad española se aplica a los Brigadistas internacionales y se ha utilizado en el caso de las victimas del 11-M. Asimismo, se está extendiendo a los sefardíes. En el programa se analizaran estos supuestos así como también el de nacionalidad de los saharauis.
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Susana Cuadrón Ambite abogada, especialista en extranjería y nacionalidad, miembro del Grupo de Investigación de “Extranjería y Migración”, UNEDMarina Amalia Vargas Gómez-Urrutia profesora de Derecho Internacional Privado, UNEDIsabel Baeza Fernández redactora - locutora, CEMAV, UNED
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