Los recursos en el proceso penal

22/11/2008
Visto: 1793 veces

Derecho Procesal II

Un ciudadano condenado mediante sentencia definitiva, si considera que esta resolución no se ajusta a derecho, que ha habido un error, nuestra Ley de Enjuiciamiento Criminal reconoce la posibilidad de revisar estos posibles "errores" en que hayan podido incurrir los órganos judiciales a la hora de aplicar e interpretar la Ley en la resolución del conflicto. La LECRIM le reconoce a la parte gravada la posibilidad de interponer diversos recursos.

María José Cabezudo Bajo profesora titular de Derecho Procesal, UNED

Rosario López de Haro Rubio redactora - locutora, CEMAV, UNED