Los recursos en el proceso penal
Derecho Procesal II
Un ciudadano condenado mediante sentencia definitiva, si considera que esta resolución no se ajusta a derecho, que ha habido un error, nuestra Ley de Enjuiciamiento Criminal reconoce la posibilidad de revisar estos posibles "errores" en que hayan podido incurrir los órganos judiciales a la hora de aplicar e interpretar la Ley en la resolución del conflicto. La LECRIM le reconoce a la parte gravada la posibilidad de interponer diversos recursos.
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María José Cabezudo Bajo profesora titular de Derecho Procesal, UNEDRosario López de Haro Rubio redactora - locutora, CEMAV, UNED
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