Naturaleza y funciones de las Cortes Generales

28/03/2009
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Derecho Constitucional IV

La Constitución Española en su articulo 66.1 consagra a las Cortes Generales como la representación de la soberanía del pueblo español. El Parlamento se caracteriza como un órgano representativo y deliberante, autónomo, permanente e inviolable. Se abordan los rasgos definitorios de las Cortes Generales y el funcionamiento de las dos cámaras que las conforman: el Congreso de los Diputados y el Senado.

Jorge Rafael Alguacil González-Aurioles profesor del Departamento de Derecho Político, UNED

Rosario López de Haro Rubio redactora - locutora, CEMAV, UNED