La ilegalización de los partidos políticos
Derecho Constitucional III
Los partidos políticos expresan el pluralismo político que es un valor superior del ordenamiento político, y por tanto, su creación es libre. No obstante están sujetos a la disciplina que impone la Constitución: estructura interna y funcionamiento democráticos. Si la actividad de un partido político vulnera los principios democráticos puede ser declarado ilegal, según establece la Ley Orgánica 6/2002 de Partidos Políticos, de 27 de junio.
Antonio Torres del Moral catedrático de Derecho Constitucional, UNED
Rosario López de Haro Rubio redactora - locutora, CEMAV, UNED