La ilegalización de los partidos políticos

05/12/2009
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Derecho Constitucional III

Los partidos políticos expresan el pluralismo político que es un valor superior del ordenamiento político, y por tanto, su creación es libre. No obstante están sujetos a la disciplina que impone la Constitución: estructura interna y funcionamiento democráticos. Si la actividad de un partido político vulnera los principios democráticos puede ser declarado ilegal, según establece la Ley Orgánica 6/2002 de Partidos Políticos, de 27 de junio.

Antonio Torres del Moral catedrático de Derecho Constitucional, UNED

Rosario López de Haro Rubio redactora - locutora, CEMAV, UNED