Las leyes del artículo 150 de la Constitución Española
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El Mundo del Derecho: Derecho Constitucional II - Uno de los preceptos más significativos de la organización territorial del Estado se encuentra en el artículo 150 de la Constitución Española que habilita al Estado para ampliar o reducir, por actos legislativos propios, el marco estatutario de las competencias de las Comunidades Autónomas. Y lo hace mediante tres tipos distintos de leyes: las leyes marco y las leyes de transferencia o delegación que amplían competencias y las leyes de armonización que las reducen. En coherencia con los valores del texto constitucional, en estas leyes, el interés general desempeña un papel muy importante. Se comentan las características y especialidades de cada una de esta leyes contempladas en el artículo 150 de la CE.
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Participante: Juan Luis de Diego Arias (profesor Departamento Derecho Político, UNED)Realizador: Rosario López de Haro Rubio (redactora - locutora, CEMAV, UNED)Licencia: Copyright (Licencia propietaria)Visto: 5199 veces