16/10/11
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Infancia y adolescencia, su voluntad y el derecho
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Derecho Civil
El Derecho establece la mayoría de edad a los 18 años y, a partir de esa edad, se presume la plena capacidad de obrar y posibilidad jurídica para ejercitar los derechos de los que somos titulares. Con todo conviene que reflexionemos sobre algunas cuestiones que inciden directamente sobre la minoría de edad y esa potencial insuficiencia de los menores para ejercitar sus derechos: ¿puede un menor de edad casarse? y comprar y vender o hipotecar una casa que ha recibido en herencia, o ¿permite el derecho donar uno de sus riñones?.
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Participante: Patricia López Peláez profesora del Departamento de Derecho Civil, UNEDParticipante: María Fernanda Moretón Sanz profesora del Departamento de Derecho Civil, UNEDParticipante: Carmen Núñez Muñiz profesora de Derecho Civil, UNEDParticipante: Juan Carlos Peralta Ortega profesor de Derecho Civil, UNEDRealizador: Rosario López de Haro Rubio redactora - locutora, CEMAV, UNEDLicencia: Copyright (Licencia propietaria)Visto: 204 veces
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