Propiedad Horizontal, Asambleas de vecinos y Administradores de fincas.

20/11/2011
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La propiedad urbana, es el sistema donde se desarrolla, principalmente, la vida de la persona, el ejercicio de las profesiones y la actividad comercial. Nos acercamos al fenómeno de este sistema de propiedad, a su regulación jurídica y a la búsqueda de soluciones a la conflictividad vecinal. Veremos los puntos esenciales de la Ley de Propiedad Horizontal, y repasaremos cuál es su régimen de funcionamiento, analizando en qué consiste la Junta de Propietarios, como órgano colegiado, y cuáles son las funciones del Presidente, Secretario y el Administrador de Fincas. En particular, la administración de fincas se trata de una profesión regulada y quienes pretendan ejercer esta actividad, deberán estar debidamente colegiados.

María Fernanda Moretón Sanz profesora del Departamento de Derecho Civil, UNED

Juan Carlos Peralta Ortega profesor de Derecho Civil, UNED

Rosario López de Haro Rubio redactora - locutora, CEMAV, UNED