Propiedad Horizontal, Asambleas de vecinos y Administradores de fincas.
La propiedad urbana, es el sistema donde se desarrolla, principalmente, la vida de la persona, el ejercicio de las profesiones y la actividad comercial. Nos acercamos al fenómeno de este sistema de propiedad, a su regulación jurídica y a la búsqueda de soluciones a la conflictividad vecinal. Veremos los puntos esenciales de la Ley de Propiedad Horizontal, y repasaremos cuál es su régimen de funcionamiento, analizando en qué consiste la Junta de Propietarios, como órgano colegiado, y cuáles son las funciones del Presidente, Secretario y el Administrador de Fincas. En particular, la administración de fincas se trata de una profesión regulada y quienes pretendan ejercer esta actividad, deberán estar debidamente colegiados.
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María Fernanda Moretón Sanz profesora del Departamento de Derecho Civil, UNEDJuan Carlos Peralta Ortega profesor de Derecho Civil, UNEDRosario López de Haro Rubio redactora - locutora, CEMAV, UNED
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