Génesis y evolución del depósito irregular

15/05/2016
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La figura del depósito irregular es una institución jurídica que ha dado lugar a controversias tanto jurisprudenciales como doctrinales a lo largo de la historia hasta la actualidad. En el depósito irregular la cosa depositada, consiste en una cantidad de dinero o cosas fungibles, no individualizadas, para que el depositario disponga de ellas y restituya otras del mismo género y calidad. La autorización del uso de la cosa y la restitución de otro tanto, un tantundem, aproximaba esta figura jurídica al préstamo de consumo o mutuo y por tanto, para la mayoría de autores como para las propias legislaciones civiles, la cantidad o cosa entregada es considera dada en préstamo y no en depósito. En España, el depósito irregular es admitido por la legislación mercantil que lo identifica con el depósito bancario y establece que el depositario responderá de su conservación y riesgos.

Ana Rosa Martín Minguijón catedrática de Derecho Romano, UNED

Yifeng Cao profesora, Universidad de Economía y Derecho de Zhongnan

Rosario López de Haro Rubio redactora - locutora, CEMAV, UNED