¿Qué derechos y prohibiciones sobre biomedicina y biotecnología reconoce la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea?
El artículo 3 de la Carta de los Derechos fundamentales de la Unión Europea ha reconocido, dentro del ámbito general del derecho a la integridad de la persona, los principales derechos relativos a la biomedicina y a la biotecnología, como el consentimiento libre e informado de la persona o la prohibición de la clonación reproductora de seres humanos, entre otros.
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María Yolanda Gómez Sánchez catedrática de Derecho Constitucional de la UNED y catedrática Jean Monnet, ad personam, de la Unión Europea sobre Derecho ConstitucionalRosario López de Haro Rubio redactora - locutora, CEMAV, UNED
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