¿Cómo resuelve el Tribunal Constitucional los Conflictos de competencias entre órganos constitucionales?
El conflicto de atribuciones garantiza la existencia de una misma estructura constitucional concebida como sistema de relaciones entre órganos constitucionales dotados de competencias propias. El interés preservado por el proceso conflictual es estrictamente el de respeto a la pluralidad o complejidad de la estructura de poderes constitucionales, lo que tradicionalmente se ha llamado “división de poderes”
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Juan Manuel Goig Martínez profesor de Derecho Constitucional, UNEDRosario López de Haro Rubio redactora - locutora, CEMAV, UNED
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