¿La subasta judicial es la única forma de ejecutar un bien hipotecado o pignorado?
No, porque la LEC-2000 estableció otras dos vías de realización de los bienes hipotecados o pignorados, el convenio de realización y la venta o enajenación por medio de persona o entidad especializada; y, porque cabe también una subasta notarial, esto es, un procedimiento o venta extrajudicial del bien hipotecado que regula la Ley Hipotecaria y la Ley del Notariado.
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María Teresa Bendito Cañizares profesora de Derecho Civil, UNEDRosario López de Haro Rubio redactora - locutora, CEMAV, UNED
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