Administraciones Públicas (II). Financiación de las Comunidades Autónomas.
La UNED en TVE-2 - Aventura del Saber -
El artículo 156 de la Constitución Española de 1978 establece la autonomía financiera de la que deben gozar las Comunidades Autónomas y en el artículo 157 y siguiente se recogen las fórmulas para la asignación de los recursos. Es en este aspecto donde surge la polémica y debatimos, en este programa, sobre esta descentralización del gasto público, la aplicación de la Ley Orgánica de la Financiación de las Comunidades Autónomas, la LOFCA y sus consecuencias desde un punto de vista científico y jurídico.
Una propuesta de José Manuel Tejerizo
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José Manuel Tejerizo López catedrático emérito de Derecho Financiero y Tributario y miembro de la AEDAF, UNEDJaime García Añoveros exministro de Hacienda, catedrático Derecho Financiero y Tributario, Universidad de SevillaEnrique Jiménez-Reyna Rodríguez director general de Coordinación con las Haciendas Territoriales, Ministerio Economía y HaciendaEugenio Simón Acosta catedrático Derecho Financiero y Tributario, Universidad de NavarraJosé Luis de la Calle Muñoz realizador CEMAV, UNEDGilbert A. Rigaud realizador, UNED Media, UNED
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