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Análisis de la Reforma del Código Civil sobre Filiación

42 - Reforma del Código Civil en materia de filiación, La. 3ª parte.

La reforma del Código Civil en materia de filiación introduce cambios significativos, eliminando las categorías legales diferenciadas de los hijos según su filiación y estableciendo solo las categorías de filiación matrimonial y extramatrimonial. Aunque se elimina el artículo 160, que proponía integrar hijos extramatrimoniales en el hogar conyugal con condiciones específicas, las obligaciones de los padres, independientemente de la patria potestad, incluyen velar por los hijos y proporcionarles alimentos. Esta reforma enfatiza la responsabilidad compartida entre padres separados, determinando que el progenitor que conviva con el hijo tiene el deber de cuidarlo.
Además, la reforma permite la investigación de la paternidad, cumpliendo con la exigencia constitucional de que la ley posibilite esta investigación. El artículo 127 del Código Civil, en su redacción actual, permite la investigación de la paternidad y maternidad mediante todo tipo de pruebas, incluidas las biológicas, aplicándose tanto a filiación matrimonial como extramatrimonial. La flexibilidad y amplitud en la admisión de estas pruebas otorgan un rol importante al arbitrio judicial, lo que se alinea con la tendencia de las reformas legales desde 1974. Esta modalidad busca integrar las posibilidades que ofrecen las ciencias médicas y biológicas en el ámbito jurídico.

Autor: Hernández-Gil Alvarez-Cienfuegos, Antonio
Título original: Reforma del Código Civil en materia de filiación, La. 3ª parte.

Participante: Antonio Hernández Gil

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