Reforma del Código Civil en Filiación: Análisis y Efectos
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41 - Reforma del Código Civil en materia de filiación, La. 2ª parte.
La reforma del Código Civil en materia de filiación busca alinear el concepto jurídico de filiación con su realidad biológica y social, simplificando el lenguaje y eliminando categorías jurídicas obsoletas. Anteriormente, existía una amplia variedad de estatus para identificar la filiación de los hijos, distinguiéndose entre legítimos, ilegítimos, y otras subcategorías. La reforma ha reducido esta complejidad a dos categorías: hijos habidos dentro del matrimonio e hijos habidos fuera de él. El objetivo es eliminar discriminaciones lingüísticas que podrían traducirse en desigualdades jurídicas, facilitando así una aplicación más justa de la ley.
Además, la reforma promueve la igualdad entre hijos naturales y adoptivos, asegurando que la filiación, ya sea matrimonial, no matrimonial, o por adopción plena, tenga los mismos efectos legales. Sin embargo, se reconoce cierta diferenciación en casos de adopción plena, donde los adoptados no tienen los mismos deberes hacia su familia natural como los hijos biológicos. También se mantiene la distinción en la determinación de filiaciones matrimoniales y no matrimoniales debido a las presunciones legales que el matrimonio conlleva. Estos cambios reflejan un esfuerzo por reconocer y adaptar el derecho a las realidades sociales contemporáneas, mientras se asegura el cumplimiento de principios constitucionales de igualdad.
Autor: Hernández-Gil Alvarez-Cienfuegos, Antonio
Título original: Reforma del Código Civil en materia de filiación, La. 2ª parte.
Participante: Antonio Hernández Gil