Distinción entre Empresario Social y Empresario Individual
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25 - Empresario social.
El contenido aborda la diferencia entre sociedades civiles y mercantiles, destacando que en el derecho actual, ambas se caracterizan por tener ánimo de lucro, según lo establecido en el Código Civil y el Código de Comercio. La distinción no radica en el lucro, sino en la forma y objeto social de las sociedades. Las sociedades que adopten formas previstas en el Código de Comercio, como las colectivas, comanditarias y anónimas, son consideradas mercantiles. Sin embargo, algunas sociedades pueden revestir formas mercantiles y seguir siendo civiles si no tienen un objeto empresarial.
Además, el contenido clarifica que la determinación del carácter mercantil de algunas sociedades, como las anónimas o de responsabilidad limitada, viene establecida de manera imperativa por sus leyes reguladoras. En cambio, las colectivas y comanditarias se clasifican según su objeto social. También se discute la distinción entre empresa y empresario, señalando que la empresa es la actividad económica y el empresario es su titular, que puede ser una sociedad como empresario social. Esto resalta la importancia de comprender correctamente estos conceptos para evitar errores comunes en el estudio del derecho mercantil.
Autor: Calzada Conde, Mª Angeles
Título original: Empresario social.
Participante: María Ángeles Calzada