La Constitución Económica en España: Análisis y Perspectivas
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28 - Tema 23. Primer epígrafe: La Constitución Económica en el seno de nuestra Constitución.
La constitución económica dentro de una constitución política se ha convertido en un tema discutido en la doctrina moderna, especialmente dentro de las escuelas alemanas e italianas. Esta concepción sugiere que existe un marco económico constitucional implícito que ordena los bienes, fuerzas y procesos económicos, y define las relaciones del Estado con el ámbito económico. Históricamente, se ha evitado fijar un sistema económico en las constituciones para lograr consenso entre diferentes partidos políticos, como sucedió con la Ley Fundamental de Bonn de Alemania. Sin embargo, la doctrina actual en Alemania interpreta esta ley como compatible con la economía social de mercado.
En contraste, la constitución española de 1978 se pronuncia más claramente a favor de una economía de mercado, reconociendo la libertad de empresa en su artículo 38. Esta libertad está sujeta a las exigencias de la economía general y a la planificación, aunque no de manera obligatoria. Además, la libertad de empresa debe convivir con los derechos económico-sociales de los trabajadores y la iniciativa pública reconocida en el ámbito constitucional. La ubicación distinta de estos derechos en la Constitución subraya una estructura normativa que busca balancear las garantías del libre mercado con la regulación estatal y social necesaria.
Autor: Alzaga, Oscar
Título original: Tema 23. Primer epígrafe: La Constitución Económica en el seno de nuestra Constitución.
Participante: Oscar Alzaga
Participante: Huber
Participante: Krieger
Participante: Neumann
Participante: Lucarelli
Participante: Romagnoli