La ley orgánica
Derecho Constitucional II
El capítulo II del Título III de la Constitución española se ocupa de la elaboración de las leyes y según establece el artículo 81, las materias que deben ser reguladas por medio de Ley Orgánica son: la aprobación y modificación de los Estatutos de Autonomía, el Régimen electoral general, el desarrollo de los derechos fundamentales y de las libertades públicas establecidos por la CE. Además, es necesario el uso de leyes orgánicas para modificar instituciones como el Tribunal Constitucional, el Consejo de Estado o el defensor del pueblo. En este espacio se comenta, brevemente, el origen, concepto y rasgos característicos de las leyes orgánicas.
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Santiago Sánchez González profesor del Departamento de Derecho Político, UNEDRosario López de Haro Rubio redactora - locutora, CEMAV, UNED
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