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La ley orgánica

Derecho Constitucional II

El capítulo II del Título III de la Constitución española se ocupa de la elaboración de las leyes y según establece el artículo 81, las materias que deben ser reguladas por medio de Ley Orgánica son: la aprobación y modificación de los Estatutos de Autonomía, el Régimen electoral general, el desarrollo de los derechos fundamentales y de las libertades públicas establecidos por la CE. Además, es necesario el uso de leyes orgánicas para modificar instituciones como el Tribunal Constitucional, el Consejo de Estado o el defensor del pueblo. En este espacio se comenta, brevemente, el origen, concepto y rasgos característicos de las leyes orgánicas.

    • Participante: Santiago Sánchez González (profesor del Departamento de Derecho Político, UNED)
    • Realizador: Rosario López de Haro Rubio (redactora - locutora, CEMAV, UNED)
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