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El estado de las lenguas oficiales en la Administración Pública española

494 - Lenguas oficiales en la Administración Pública, Las. 2ª Parte.

Las lenguas oficiales en la Administración Pública se declaran como tales por autoridades competentes, siendo el castellano la lengua oficial del Estado. Las lenguas cooficiales, como el gallego, catalán y euskera, son reconocidas por los Estatutos de Autonomía de sus respectivas comunidades. El pluralismo lingüístico, reconocido en la Constitución de 1978, destaca que, aunque el castellano tiene un ámbito nacional, las otras lenguas oficiales tienen carácter local. La comunicación pública y jurídica puede realizarse en cualquiera de estas lenguas oficiales, pero siempre acompañada de una versión en castellano en caso de implicar a un público más amplio.
En el ámbito de la función pública, la Administración debe atender el derecho de los particulares a usar su lengua cooficial y garantizar la respuesta en la misma. El conocimiento de estas lenguas puede ser un mérito en oposiciones y, en ciertos casos, un requisito obligatorio, como para profesores que enseñan en comunidades con dos idiomas. Esto plantea cuestiones sobre la igualdad en el acceso a la función pública, ya que debe equilibrarse la valoración del conocimiento de lenguas con otros méritos profesionales.

Autor: Fabeiro, Antonio
Título original: Lenguas oficiales en la Administración Pública, Las. 2ª Parte.

Participante: Antonio Faveiro Profesor
Participante: José Tomé Profesor de Derecho Procesal
Participante: Evia Bolaños
Participante: Valentín Cortés
Participante: Prieto de Pedro Profesor

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