Análisis de la Competencia Judicial Internacional y su Regulación en España
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238 - Parejas no casadas, Las. 1ª parte.
La competencia judicial internacional se refiere a la facultad que tienen los tribunales nacionales, en este caso los españoles, para conocer y resolver litigios que surgen dentro del tráfico jurídico externo. Se subraya que dicha competencia no está condicionada por el derecho internacional público, sino que es establecida por el legislador nacional, como se refleja en los artículos 21 a 25 de la Ley Orgánica del Poder Judicial española. Esto implica que España tiene la potestad para decidir qué litigios derivados de relaciones privadas internacionales deben ser atendidos por sus tribunales y cuáles deben dejarse a la jurisdicción de otros estados. Además, se examina la jerarquización de competencias, donde el legislador determina criterios generales y exclusivos de competencia, influido por normativas como el Convenio de Bruselas.
Por otro lado, se discuten las exenciones jurisdiccionales y los aforamientos en el ámbito del derecho procesal penal. Estos conceptos se refieren a las exclusiones o privilegios específicos que ciertas personas, como jefes de Estado, diplomáticos, parlamentarios y otras autoridades, tienen respecto a la jurisdicción penal ordinaria. Las exenciones pueden estar basadas en el derecho internacional o interno, y se justifican en función de asegurar el cumplimiento adecuado de determinadas funciones públicas. Asimismo, los aforamientos establecen reglas de competencia específicas, asignando casos a tribunales de mayor jerarquía, protegiendo así a diputados, senadores y otros altos cargos durante su mandato, limitando su enjuiciamiento al Tribunal Supremo o a tribunales específicos según el caso.
Autor: Martín Bernal
Título original: Parejas no casadas, Las. 1ª parte.
Participante: Paloma Abarca profesora de Derecho Internacional Privado de la UNED
Participante: Julio González Campos catedrático de Internacional Privado en la Universidad Autónoma de Madrid
Participante: Silvio González Campos
Participante: José Almagro Nocete catedrático de Derecho Procesal