La Base Liquidable en el Impuesto del Patrimonio Neto
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La base liquidable en el impuesto sobre el patrimonio neto se obtiene aplicando reducciones legales a la base imponible. Estas reducciones incluyen exenciones cuantitativas tanto generales, como el mínimo exento, como específicas según las circunstancias familiares del contribuyente. La Ley de Medidas Urgentes de Reforma Fiscal establece reducciones personales y por circunstancias familiares, como el matrimonio, y por hijos menores de 25 años o con discapacidades, ajustando estas cifras y exenciones según legislaciones posteriores. Aunque derogado el Impuesto General sobre la Renta de las Personas Físicas, referencias a este persisten por su relación con las deducciones por hijos en el impuesto sobre el patrimonio.
La discusión doctrinal sobre este impuesto señala que las reducciones por hijos no solo buscan compensar la acumulación de bienes, sino también reflejan cargas familiares. La vinculación entre los impuestos sobre patrimonio y renta se evidencia en el establecimiento de mínimos exentos y las tarifas de gravamen, que deben considerar el nivel de renta del contribuyente. Se debate si el mínimo exento debería basarse exclusivamente en el valor del patrimonio o también en el nivel de renta, sugiriendo que estos mínimos deberían ajustarse para evitar excesivos sacrificios financieros, especialmente en situaciones económicas adversas. Además, hay una discusión sobre la adecuación de los mínimos exentos entre solteros y casados.
Autor: Rodríguez Montañés, Mª del Puerto
Título original: Base liquidable en el Impuesto de Patrimonio Neto, La
Participante: María del Puerto Rodríguez Montañés
Participante: Breña Cruz Profesor
Participante: García Martín Profesor
Participante: Félix de Luis
Participante: Díaz Monasterio-Guren