¿Por qué no hay igualdad del hombre y de la mujer en la sucesión del Rey?
La Ley es la Ley - Porque la preferencia, en igualdad de grado, del varón sobre la mujer para el acceso al trono está recogida en el art. 57.1 de la C.E de una forma expresa, implicando una evidente excepción a la aplicación del principio de primogenitura, ya que el hijo varón, aunque nazca con posterioridad a la hija, tendrá derecho preferente a la sucesión en el trono.
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Aurora Gutierrez Nogueroles profesora de Derecho Constitucional, UNEDEdith Checa Oviedo redactora - locutora, UNED Media, UNED
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