WEBVTT
0
00:00:00.900 --> 00:00:04.835
Vamos a dar comienzo

1
00:00:04.885 --> 00:00:07.515
a la sesión de tarde, que solo 
es esta presentación, 

2
00:00:07.565 --> 00:00:12.540
y luego la clausura, si no recuerdo 
mal, de este seminario 

3
00:00:12.680 --> 00:00:17.435
organizado en el marco del Máster 
en Derechos Fundamentales, 

4
00:00:17.485 --> 00:00:21.760
gracias a la colaboración 
de su coordinador, 

5
00:00:21.920 --> 00:00:25.855
el profesor Salvador Pérez Álvarez, 
y de su secretaria, 

6
00:00:25.905 --> 00:00:27.658
la profesora Laura Hernández Llinás.

7
00:00:28.390 --> 00:00:33.390
Y ahora el ponente que me 
toca presentar, bueno, 

8
00:00:34.230 --> 00:00:36.375
muchos ya lo conocéis, lo conocen,

9
00:00:36.425 --> 00:00:38.945
hay también los que están conectados,

10
00:00:38.995 --> 00:00:43.050
no sé si también te conocerán, pero 
bueno, es Leonardo Álvarez, 

11
00:00:43.110 --> 00:00:47.285
que es profesor titular de 
Derecho Cuestional de la 

12
00:00:47.335 --> 00:00:48.421
Universidad de Oviedo.

13
00:00:48.970 --> 00:00:53.970
Y es un experto en la materia de 
la que no os voy a hablar. 

14
00:00:56.010 --> 00:00:57.732
De hecho, acaba de publicar un libro,

15
00:00:57.850 --> 00:01:00.605
El derecho de excepción como 
milagro jurídico, 

16
00:01:00.655 --> 00:01:03.285
creo que es el título, en el Centro 
de Estudios Políticos 

17
00:01:03.335 --> 00:01:04.309
y Constitucionales.

18
00:01:04.870 --> 00:01:09.870
Y cuando lo llamé para el seminario, 
planteamos este tema, 

19
00:01:09.950 --> 00:01:14.950
le dije el marco del seminario y él 
fue el que también me propuso hablar 

20
00:01:15.910 --> 00:01:17.132
sobre esta cuestión, ¿no?

21
00:01:18.560 --> 00:01:21.195
Ha estado, aunque es profesor en 
la Universidad de Oviedo, 

22
00:01:21.245 --> 00:01:23.855
en realidad ha estado 
en los últimos años 

23
00:01:23.905 --> 00:01:26.295
casi más tiempo en Alemania y 
en Austria que en Oviedo, 

24
00:01:26.345 --> 00:01:29.635
porque ha sido profesor en distintas 
universidades alemanas 

25
00:01:29.685 --> 00:01:30.160
y.

26
00:01:30.790 --> 00:01:33.765
Y austríacas y tiene 
muchísima relación 

27
00:01:33.815 --> 00:01:35.938
con muchos profesores de 
esas universidades. 

28
00:01:35.989 --> 00:01:38.629
Has estado también en el Instituto 
Europeo de Florencia, 

29
00:01:38.678 --> 00:01:40.107
en el Max Planck de Heidelberg.

30
00:01:40.157 --> 00:01:45.150
Es una persona, digamos que la parte 
de la dimensión alemana 

31
00:01:48.190 --> 00:01:50.825
nos acerca bastante también 
en algunos aspectos, 

32
00:01:50.875 --> 00:01:51.825
aunque yo ahora llevo mucho tiempo

33
00:01:51.875 --> 00:01:54.830
sin ir y tú últimamente has 
estado bastante por allí. 

34
00:01:54.890 --> 00:01:55.390
O sea que.

35
00:01:55.860 --> 00:01:59.420
Has podido disfrutar de aquello.

36
00:02:00.680 --> 00:02:05.680
Bien, y ahora mismo el libro 
del que les he hablado, 

37
00:02:07.220 --> 00:02:09.475
que supongo que en parte 
lo tomarás un poco 

38
00:02:09.524 --> 00:02:12.055
como punto de partida 
o lo utilizarás, 

39
00:02:12.105 --> 00:02:15.435
yo creo que es una construcción 
conceptual y dogmática 

40
00:02:15.485 --> 00:02:20.460
la mejor que se ha hecho en España 
sobre el derecho de excepción 

41
00:02:21.260 --> 00:02:22.820
y como.

42
00:02:23.830 --> 00:02:28.490
Podréis ver ahora cuando hable, 
bueno, ya como digo, 

43
00:02:28.550 --> 00:02:29.385
muchos lo conocéis,

44
00:02:29.435 --> 00:02:32.330
pero los que no lo conocéis, 
su claridad, digamos, 

45
00:02:32.530 --> 00:02:37.530
conceptual y de los conceptos 
jurídicos constitucionales. 

46
00:02:38.550 --> 00:02:40.715
Y es impresionante,

47
00:02:40.765 --> 00:02:43.785
o sea, que consigue hacer que 
cosas que aparentemente 

48
00:02:43.835 --> 00:02:48.810
son aburridas sean divertidas o por 
lo menos entretenidas, ¿no? 

49
00:02:50.860 --> 00:02:54.320
Así que, bueno, gracias por aceptar, 
por el esfuerzo de venir, 

50
00:02:54.460 --> 00:02:57.815
no solamente de Asturias aquí, sino 
de la estación de Atocha 

51
00:02:57.865 --> 00:02:58.373
hasta aquí,

52
00:02:58.423 --> 00:03:01.840
porque ha tenido ciertas maripecias, 
pero bueno, 

53
00:03:01.900 --> 00:03:04.680
y cuando quieras, Leonardo.

54
00:03:06.360 --> 00:03:10.075
Pues lo primero que tengo que decir 
es que qué gran responsabilidad 

55
00:03:10.125 --> 00:03:11.816
deposita a mí el profesor Vidal, ¿no?

56
00:03:11.866 --> 00:03:14.114
La verdad, la persona a la 
que acabo de preguntar, 

57
00:03:14.164 --> 00:03:17.720
pues me gustaría conocerla 
porque no la conozco. 

58
00:03:19.260 --> 00:03:22.915
Lógicamente entiendo las palabras 
del profesor Vidal desde el cariño 

59
00:03:22.965 --> 00:03:26.275
y la amistad que nos une 
desde hace muchísimos, 

60
00:03:26.325 --> 00:03:28.100
muchísimos años, por fortuna, ¿no?

61
00:03:28.900 --> 00:03:32.915
Bueno, cuando el profesor Vidal me 
invitó aquí, pues me imaginaba 

62
00:03:32.965 --> 00:03:36.055
que el objeto principal era 
hablar efectivamente 

63
00:03:36.105 --> 00:03:38.080
de un libro que publiqué 
el año pasado, 

64
00:03:38.260 --> 00:03:40.555
que se titulaba El derecho 
de excepción 

65
00:03:40.605 --> 00:03:41.820
como milagro jurídico.

66
00:03:43.100 --> 00:03:48.100
En realidad, a este libro me dediqué 
para escribirlo durante seis años, 

67
00:03:49.340 --> 00:03:49.815
es decir,

68
00:03:49.865 --> 00:03:53.915
es algo para aquellos acostumbrados 
a pensar en las acreditaciones 

69
00:03:53.965 --> 00:03:55.835
y demás, es una auténtica 
ruina, ¿verdad? 

70
00:03:55.885 --> 00:03:57.560
Porque una persona que se dedique.

71
00:03:58.170 --> 00:04:00.850
Monográficamente a estudiar un 
tema durante cinco años, 

72
00:04:00.910 --> 00:04:02.665
inundarse de lecturas

73
00:04:02.715 --> 00:04:06.630
y luego empecinarse a su escritura 
durante un año en Austria, 

74
00:04:06.830 --> 00:04:08.910
pues es una auténtica 
ruina todo esto. 

75
00:04:09.190 --> 00:04:10.015
Sin embargo,

76
00:04:10.065 --> 00:04:13.005
tengo que reconocer que pasé 
probablemente uno de los mejores años 

77
00:04:13.055 --> 00:04:14.641
de mi vida escribiendo este libro.

78
00:04:15.380 --> 00:04:19.114
Porque desde hace tiempo 
me di cuenta al hilo 

79
00:04:19.165 --> 00:04:21.575
de un encargo que me 
hizo un gran amigo 

80
00:04:21.625 --> 00:04:23.765
y sé que estuvo de docente 
en este máster, 

81
00:04:23.815 --> 00:04:28.375
como es Óscar Alzaga, me encargó 
hace unos años redactar un trabajo 

82
00:04:28.425 --> 00:04:32.415
sobre el artículo 155, el poder 
de coerción estatal, 

83
00:04:32.465 --> 00:04:36.160
una medida de protección 
extraordinaria del Estado. 

84
00:04:36.520 --> 00:04:39.735
Y ya en aquel momento me suscitó 
muchos problemas 

85
00:04:39.785 --> 00:04:42.855
y me dio la sensación de que había 
algunas cosas que habían quedado 

86
00:04:42.905 --> 00:04:43.547
sin resolver.

87
00:04:44.330 --> 00:04:47.745
Y entonces, con ocasión de la 
invitación a participar 

88
00:04:47.795 --> 00:04:51.410
en un proyecto de investigación por 
parte del profesor Xavier Arzob, 

89
00:04:51.530 --> 00:04:53.725
Santi Esteban, que es profesor 
de Derecho Administrativo 

90
00:04:53.775 --> 00:04:58.750
de esta casa, pues decidí irme con 
él y me dio la libertad absoluta 

91
00:04:58.930 --> 00:05:01.465
para poder escribir el libro que 
siempre quería escribir, 

92
00:05:01.515 --> 00:05:03.770
como era analizar el derecho 
de excepción. 

93
00:05:04.150 --> 00:05:06.865
Al final tengo que confesar 
que después de seis años 

94
00:05:06.915 --> 00:05:09.970
en esta empresa no he llegado 
a ninguna conclusión. 

95
00:05:10.730 --> 00:05:15.345
O dicho en otros términos, he 
llegado más a preguntas que a respuestas 

96
00:05:15.395 --> 00:05:17.985
y me ha suscitado nuevos 
problemas que en parte 

97
00:05:18.035 --> 00:05:21.790
quería hacerles partícipes aquí 
para que dieran su opinión. 

98
00:05:23.130 --> 00:05:25.895
También tengo que decir una cosa 
y no debería decirlo, 

99
00:05:25.945 --> 00:05:26.819
pero lo voy a decir.

100
00:05:28.030 --> 00:05:31.165
Los que me conocen saben que 
suelo tener bastante 

101
00:05:31.215 --> 00:05:34.485
poco afán de protagonismo 
y me han invitado 

102
00:05:34.535 --> 00:05:36.545
en otras universidades a 
hablar de este libro 

103
00:05:36.595 --> 00:05:38.185
y centros de investigación 
a los que he dicho 

104
00:05:38.235 --> 00:05:38.710
que no.

105
00:05:39.330 --> 00:05:40.265
Por varios motivos.

106
00:05:40.315 --> 00:05:41.025
En primer lugar,

107
00:05:41.075 --> 00:05:45.385
porque siempre he creído que 
muchos de mis compañeros 

108
00:05:45.435 --> 00:05:50.245
podrían hacerlo muchísimo mejor que 
yo y explicando o representando 

109
00:05:50.295 --> 00:05:53.185
lo que yo considero los modos 
predominantes de pensamiento 

110
00:05:53.235 --> 00:05:54.877
y de trabajo en nuestra disciplina.

111
00:05:55.450 --> 00:05:58.205
Y en segundo lugar, porque al final,

112
00:05:58.255 --> 00:05:59.985
con ocasión de la escritura 
de este libro, 

113
00:06:00.035 --> 00:06:03.043
pude darme cuenta de que al final no 
escribo para que otros me lean, 

114
00:06:03.093 --> 00:06:05.185
sino para mí mismo, sino 
para darme el placer 

115
00:06:05.235 --> 00:06:06.910
de pensar sobre temas complejos.

116
00:06:07.610 --> 00:06:09.895
Pero claro, Cuando el profesor Vidal

117
00:06:09.945 --> 00:06:14.905
me invitó aquí a venir a la 
Universidad Nacional de Educación 

118
00:06:14.955 --> 00:06:15.495
a Distancia,

119
00:06:15.545 --> 00:06:17.964
como hice en su día solo en la 
Universidad de Granada, 

120
00:06:18.580 --> 00:06:20.020
pues no pude decirle que no.

121
00:06:20.320 --> 00:06:22.040
Evidentemente, y él lo reconocerá,

122
00:06:22.440 --> 00:06:25.515
le pedí que reconsiderara hasta 
dos ocasiones mi donidad 

123
00:06:25.565 --> 00:06:27.555
para poder participar en este acto,

124
00:06:27.605 --> 00:06:32.080
pero al final la UNED no es 
que sea mi segunda casa, 

125
00:06:32.200 --> 00:06:33.220
sino que es mi casa.

126
00:06:33.440 --> 00:06:35.835
Hoy día lo que soy como 
constitucionalista 

127
00:06:35.885 --> 00:06:38.340
y como jurista se lo debo 
sencillamente a la UNED. 

128
00:06:40.160 --> 00:06:42.860
En un lugar en ocasiones 
un poco propicio, 

129
00:06:42.940 --> 00:06:45.760
ya saben ustedes que la universidad 
es un sitio complejo, 

130
00:06:45.920 --> 00:06:48.280
he podido hacer verdaderos amigos,

131
00:06:48.460 --> 00:06:50.660
entre ellos el profesor Carlos Vidal,

132
00:06:50.880 --> 00:06:52.400
el profesor Jorge Alguacil,

133
00:06:52.500 --> 00:06:55.295
la profesora María Salvador y el 
profesor Fernando Rebiriego, 

134
00:06:55.345 --> 00:06:58.875
y puedo decir hoy que he hecho 
aquí algo parecido 

135
00:06:58.925 --> 00:06:59.660
a una familia.

136
00:06:59.980 --> 00:07:01.975
O sea que muchísimas gracias a todos

137
00:07:02.025 --> 00:07:03.560
por traerme a mi casa.

138
00:07:04.510 --> 00:07:07.630
También quiero dar, sé que es un 
poco extensa esa introducción, 

139
00:07:07.690 --> 00:07:09.470
dar las gracias a Salvador y Laura,

140
00:07:09.670 --> 00:07:12.865
porque los que han obrado un milagro 
son precisamente ellos y no 

141
00:07:12.915 --> 00:07:13.650
yo con mi libro.

142
00:07:13.910 --> 00:07:17.745
Porque hoy organizar cualquier 
evento que se precie supone luchar 

143
00:07:17.795 --> 00:07:22.770
frente a una ingente burocracia y a 
lo que yo conozco sobradamente. 

144
00:07:22.930 --> 00:07:26.110
Y entonces, pues muchísimas gracias 
por hacer lo posible. 

145
00:07:26.230 --> 00:07:28.925
Creo que el mérito es 
vuestro y no mío 

146
00:07:28.975 --> 00:07:30.672
ni de ninguno de los 
que estamos aquí. 

147
00:07:31.270 --> 00:07:34.405
Y simplemente el desideratum de que 
nunca cejéis en vuestro empeño 

148
00:07:34.455 --> 00:07:36.263
porque algún día volverá 
a salir el sol. 

149
00:07:37.350 --> 00:07:40.970
Bien, comenzando ahora la 
cuestión principal. 

150
00:07:43.170 --> 00:07:48.170
Quería trasladar algunas inquietudes 
acerca de lo que es el derecho 

151
00:07:48.590 --> 00:07:51.310
de excepción y, como dice el 
título de la conferencia, 

152
00:07:51.490 --> 00:07:53.385
el derecho de excepción 
y la suspensión 

153
00:07:53.435 --> 00:07:54.910
de los derechos fundamentales.

154
00:07:56.600 --> 00:07:59.435
Probablemente podría haber me 
limitado a describirles aquí 

155
00:07:59.485 --> 00:08:01.920
la normativa aplicable al respecto,

156
00:08:02.140 --> 00:08:03.695
reguladora del derecho de excepción,

157
00:08:03.745 --> 00:08:07.295
y aún también la jurisprudencia 
del Tribunal Constitucional, 

158
00:08:07.345 --> 00:08:09.940
y muchos de mis colegas podían 
hacerlo mejor que yo, 

159
00:08:10.040 --> 00:08:11.818
incluso la inteligencia artificial.

160
00:08:12.000 --> 00:08:15.735
Pero en el día de hoy quería 
invitarles al noble oficio 

161
00:08:15.785 --> 00:08:16.260
de pensar.

162
00:08:17.860 --> 00:08:20.255
Y al final, como siempre 
le digo a mis alumnos 

163
00:08:20.305 --> 00:08:22.075
en la Facultad de Derecho de 
la Universidad de Oviedo, 

164
00:08:22.125 --> 00:08:25.140
lo importante es lo que piensen 
ustedes, no lo que yo les diga. 

165
00:08:26.120 --> 00:08:29.535
Porque de lo que sí que estoy seguro 
es que yo no tengo razón, o sea, 

166
00:08:29.585 --> 00:08:31.004
no estoy seguro de tener razón.

167
00:08:31.440 --> 00:08:35.215
Bien, si yo le preguntara a un 
reconocido jurista de prestigio 

168
00:08:35.265 --> 00:08:38.195
de dilatada trayectoria, como podía 
ser el profesor Carlos Vidal, 

169
00:08:38.245 --> 00:08:40.531
qué es lo que él entiende por 
derecho de excepción, 

170
00:08:40.581 --> 00:08:44.655
seguramente me respondería aquello 
que ustedes dirían también 

171
00:08:44.705 --> 00:08:48.060
y que han dicho todos los tribunales 
constitucionales. 

172
00:08:48.680 --> 00:08:50.795
Dirían que el derecho de excepción 
estaría formado 

173
00:08:50.845 --> 00:08:51.876
por cuatro elementos.

174
00:08:52.040 --> 00:08:56.735
Diría, uno es la respuesta que 
ofrece el ordenamiento frente a situaciones 

175
00:08:56.785 --> 00:09:01.455
extraordinarias e imprevisibles que 
lógicamente no pudieron ser previstos 

176
00:09:01.505 --> 00:09:03.560
en el momento de su propia creación.

177
00:09:03.900 --> 00:09:08.465
En segundo lugar, ¿Cómo responde 
frente a esas circunstancias 

178
00:09:08.515 --> 00:09:10.430
extraordinarias e imprevisibles?

179
00:09:10.650 --> 00:09:13.730
Pues autorizando a la creación 
de un derecho nuevo, 

180
00:09:13.890 --> 00:09:16.345
válido para la situación 
de excepción, 

181
00:09:16.395 --> 00:09:19.225
para poder afrontarla y, 
en último extremo, 

182
00:09:19.275 --> 00:09:23.130
con la finalidad de poder retornar 
a la normalidad, 

183
00:09:23.210 --> 00:09:25.265
es decir, a que el derecho 
y la Constitución 

184
00:09:25.315 --> 00:09:29.030
fuesen los mismos que antes que 
declarada la situación de excepción. 

185
00:09:29.090 --> 00:09:31.725
Así, diría yo, se puede 
describir la cuestión 

186
00:09:31.775 --> 00:09:35.915
y creo que a ustedes convendría 
tenían conmigo que esto podría ser 

187
00:09:35.965 --> 00:09:38.620
considerado pacíficamente el 
derecho de excepción. 

188
00:09:39.160 --> 00:09:41.315
Pero entonces el profesor 
Carlos Vidal 

189
00:09:41.365 --> 00:09:43.875
me dirá con toda la razón que 
el derecho de excepción 

190
00:09:43.925 --> 00:09:46.495
habilita dentro del ordenamiento 
jurídico 

191
00:09:46.545 --> 00:09:49.015
la existencia de dos regímenes 
jurídicos que son 

192
00:09:49.065 --> 00:09:50.707
potencialmente contradictorios.

193
00:09:50.820 --> 00:09:53.435
Por una parte, el nuevo 
derecho de excepción 

194
00:09:53.485 --> 00:09:56.627
creado para afrontar la situación 
extraordinaria y imprevisible, 

195
00:09:57.430 --> 00:10:00.185
y el derecho de la normalidad 
preexistente, 

196
00:10:00.235 --> 00:10:02.910
y ambos lógicamente tienen 
que contradecirse, 

197
00:10:02.970 --> 00:10:06.765
porque el derecho de la normalidad 
parte de su incapacidad 

198
00:10:06.815 --> 00:10:09.330
para poder afrontar la situación 
de excepción. 

199
00:10:09.610 --> 00:10:14.425
Bien, creo que aquí podríamos haber 
llegado a una situación de consenso 

200
00:10:14.475 --> 00:10:16.670
y aquí, en teoría, se acabaría 
el problema. 

201
00:10:17.190 --> 00:10:22.105
Pero si nosotros acercamos el 
microscopio más de cerca 

202
00:10:22.155 --> 00:10:23.670
a esto que acabamos de decir,

203
00:10:24.380 --> 00:10:26.920
aquí empiezan realmente los 
verdaderos problemas. 

204
00:10:27.180 --> 00:10:27.680
¿Por qué?

205
00:10:32.080 --> 00:10:35.215
Un reconocido jurista de fama 
mundial que muchos de ustedes 

206
00:10:35.265 --> 00:10:37.700
quizá conozcan, Matías Gestaez,

207
00:10:37.820 --> 00:10:41.615
es conocido por ser quien 
lo ha recopilado 

208
00:10:41.665 --> 00:10:44.075
y está recopilando para el 
Instituto Hans Kelsen 

209
00:10:44.125 --> 00:10:47.995
los trabajos, los más de 400 trabajos

210
00:10:48.045 --> 00:10:50.715
que publicó un jurista de 
reconocimiento universal 

211
00:10:50.765 --> 00:10:55.005
como Hans Kelsen, dijo que muchas 
veces los juristas 

212
00:10:55.055 --> 00:10:58.230
caíamos en lo que él denominaba 
la suposición de Maslow. 

213
00:10:59.130 --> 00:11:04.045
Verán, Harold Maslow fue el fundador 
de la psicología humanista 

214
00:11:04.095 --> 00:11:08.225
y él dijo que era muy sencillo creer 
que todo lo que teníamos alrededor 

215
00:11:08.275 --> 00:11:10.905
era un clavo cuando la 
única herramienta 

216
00:11:10.955 --> 00:11:12.319
que teníamos era un martillo.

217
00:11:13.170 --> 00:11:18.085
Entonces, Matthias Gestalt dijo que 
los juristas en muchas ocasiones 

218
00:11:18.135 --> 00:11:20.250
caíamos en la suposición de Maslow.

219
00:11:20.950 --> 00:11:23.105
Porque teníamos una deformación 
profesional, 

220
00:11:23.155 --> 00:11:26.385
entre otras muchísimas otras, 
claro, que es ver 

221
00:11:26.435 --> 00:11:29.465
las cosas en la manera en que 
nosotros queremos verla, 

222
00:11:29.515 --> 00:11:32.405
o dicho en otros términos, que 
aplicamos a la solución 

223
00:11:32.455 --> 00:11:36.585
de un problema jurídico una solución 
aparentemente intuitiva 

224
00:11:36.635 --> 00:11:39.805
sin plantearnos si nosotros 
teníamos las herramientas 

225
00:11:39.855 --> 00:11:42.690
para poder solucionarlo del 
modo en que lo hacíamos. 

226
00:11:43.030 --> 00:11:44.830
Yo les quiero plantear a ustedes hoy.

227
00:11:46.390 --> 00:11:48.025
Si cuando hablamos de derecho 
de excepción 

228
00:11:48.075 --> 00:11:51.250
no estamos cayendo en realidad 
en la suposición de Maslow. 

229
00:11:53.070 --> 00:11:57.305
Y para ello les lanzo dos preguntas 
en este momento para que lo piensen 

230
00:11:57.355 --> 00:12:00.370
y luego entraremos poco a poco a 
la solución de este problema. 

231
00:12:02.490 --> 00:12:06.665
La primera de ellas sería, ¿creen 
ustedes que el derecho puede 

232
00:12:06.715 --> 00:12:11.690
regular situaciones que en realidad 
son previsibles o extraordinarias? 

233
00:12:14.910 --> 00:12:16.854
¿O en el momento en el que 
lo está haciendo, 

234
00:12:16.970 --> 00:12:19.430
deja de considerarse derecho 
de excepción? 

235
00:12:20.930 --> 00:12:22.730
Esa sería la primera pregunta.

236
00:12:25.570 --> 00:12:27.545
¿No trataremos de estar explicando,

237
00:12:27.595 --> 00:12:29.165
de acuerdo con el derecho 
de excepción, 

238
00:12:29.215 --> 00:12:31.970
algo que para el derecho es 
jurídicamente inexplicable? 

239
00:12:32.070 --> 00:12:34.514
Esa es la primera pregunta que 
les quiero trasladar. 

240
00:12:34.750 --> 00:12:38.465
Y la segunda pregunta, que es 
donde yo creo que puede 

241
00:12:38.515 --> 00:12:40.170
estar la suposición de Maslow,

242
00:12:41.540 --> 00:12:44.695
Cuando estamos presuponiendo que 
se crea un derecho nuevo 

243
00:12:44.745 --> 00:12:48.220
para regular la situación 
excepcional e imprevisible, 

244
00:12:48.400 --> 00:12:52.735
que es potencialmente contradictorio 
con el derecho de normalidad 

245
00:12:52.785 --> 00:12:55.855
y que sirve precisamente para 
que esa normalidad 

246
00:12:55.905 --> 00:13:00.880
se restablezca, ¿podemos garantizar 
en realidad que el derecho 

247
00:13:01.340 --> 00:13:04.062
vuelva a ser el mismo después de 
la situación de excepción? 

248
00:13:04.220 --> 00:13:07.500
Estas son las dos preguntas 
que yo les quiero lanzar. 

249
00:13:09.120 --> 00:13:09.960
Vamos a ver.

250
00:13:11.990 --> 00:13:15.935
Para que esta intervención tenga 
algún tipo de valor académico, 

251
00:13:15.985 --> 00:13:20.225
además del científico, para los 
estudiantes que no se puede 

252
00:13:20.275 --> 00:13:22.790
estar viendo al otro lado 
de la pantalla, 

253
00:13:23.430 --> 00:13:27.765
voy a tratar de extractar cuál 
es la doctrina básica 

254
00:13:27.815 --> 00:13:29.025
del Tribunal Constitucional

255
00:13:29.075 --> 00:13:31.350
sobre lo que es el derecho 
de excepción. 

256
00:13:31.410 --> 00:13:35.770
Y esta está recogida en 
la sentencia 83-2016. 

257
00:13:37.040 --> 00:13:38.995
Y además quiero decir una 
cosa que es relevante 

258
00:13:39.045 --> 00:13:41.605
y hago justicia a lo que ha sucedido.

259
00:13:41.655 --> 00:13:43.380
El profesor Vidal tiene.

260
00:13:44.210 --> 00:13:47.525
Un trabajo del año 2011 que 
con gran valentía, 

261
00:13:47.575 --> 00:13:49.925
precisamente, dado que es anterior

262
00:13:49.975 --> 00:13:52.165
a la jurisprudencia del Tribunal 
Constitucional, 

263
00:13:52.215 --> 00:13:56.985
analizó precisamente estos problemas 
examinando el problema 

264
00:13:57.035 --> 00:13:59.965
de la declaración del estado de 
alarma contra los controladores. 

265
00:14:00.015 --> 00:14:04.430
Por tanto, un gran mérito que 
ha tenido este compañero. 

266
00:14:04.830 --> 00:14:06.108
Retomando lo que les decía,

267
00:14:06.170 --> 00:14:07.965
la doctrina del Tribunal 
Constitucional 

268
00:14:08.015 --> 00:14:12.990
se puede condensar en tres elementos 
que describo de manera muy sencilla. 

269
00:14:14.630 --> 00:14:16.625
En esta sentencia el Tribunal 
Constitucional dice 

270
00:14:16.675 --> 00:14:20.045
que el derecho de excepción está 
regulado en el artículo 116 

271
00:14:20.095 --> 00:14:21.014
de la Constitución.

272
00:14:21.130 --> 00:14:24.510
Y en él se dice, en el 
artículo 116.1, 

273
00:14:24.590 --> 00:14:29.070
una ley orgánica regulará los 
estados de alarma, excepción y de sitio, 

274
00:14:29.310 --> 00:14:32.970
y las competencias y limitaciones 
correspondientes. 

275
00:14:34.210 --> 00:14:35.950
Bien, a partir de ello.

276
00:14:36.560 --> 00:14:40.875
El Tribunal Constitucional define lo 
que es el derecho constitucional 

277
00:14:40.925 --> 00:14:43.915
de excepción justamente a partir 
de una ley orgánica 

278
00:14:43.965 --> 00:14:48.940
que se crea en el año 1981, la 
Ley Orgánica 4 barra 1981, 

279
00:14:49.940 --> 00:14:53.340
reguladora de los estados de 
alarma, excepción y sitio. 

280
00:14:54.200 --> 00:14:56.795
Y entonces lo que hace el 
Tribunal Constitucional 

281
00:14:56.845 --> 00:14:59.715
para determinar lo que es 
el derecho de excepción 

282
00:14:59.765 --> 00:15:02.815
se remite a lo que dispone 
esa ley orgánica 

283
00:15:02.865 --> 00:15:05.480
a la que justamente llama 
la propia Constitución. 

284
00:15:05.960 --> 00:15:08.740
Y el artículo 1.1 dice, esta ley,

285
00:15:08.900 --> 00:15:11.565
procederá a la declaración de 
los estados de alarma, 

286
00:15:11.615 --> 00:15:15.075
excepción y sitio, cuando 
circunstancias extraordinarias 

287
00:15:15.125 --> 00:15:18.115
hiciesen imposible el mantenimiento 
de la normalidad 

288
00:15:18.165 --> 00:15:22.180
mediante los poderes ordinarios de 
las autoridades competentes. 

289
00:15:22.780 --> 00:15:24.760
Esto en realidad es algo razonable,

290
00:15:24.840 --> 00:15:28.620
porque en realidad la Constitución 
no dice, como hemos visto, 

291
00:15:28.760 --> 00:15:31.340
lo que es alarma, excepción y sitio,

292
00:15:31.500 --> 00:15:34.575
pero sí que dice algo que yo 
creo que la Constitución 

293
00:15:34.625 --> 00:15:35.560
sí puede regular.

294
00:15:36.370 --> 00:15:39.635
Sí puede regular quién declara 
los estados de excepción, 

295
00:15:39.685 --> 00:15:44.670
el procedimiento para poder 
declararlos y, en su caso, 

296
00:15:44.890 --> 00:15:48.170
la vigencia temporal limitada 
de estos estados. 

297
00:15:48.370 --> 00:15:53.350
Y lo que hace la Constitución, 
lógicamente, en este artículo 116, 

298
00:15:53.470 --> 00:15:56.110
es apoderar a determinados sujetos.

299
00:15:56.730 --> 00:16:00.115
A los que define una acción 
decisoria eficaz, 

300
00:16:00.165 --> 00:16:01.105
es decir, el gobierno,

301
00:16:01.155 --> 00:16:04.665
que tiene una posición protagonista 
en la declaración 

302
00:16:04.715 --> 00:16:07.745
de los estados excepcionales, como 
también en el caso del decreto 

303
00:16:07.795 --> 00:16:10.250
ley, que es la plasmación del 
principio de eficacia, 

304
00:16:10.330 --> 00:16:12.770
una acción normativa inmediata 
y eficaz, 

305
00:16:12.830 --> 00:16:16.665
llama al gobierno con el concurso 
del Congreso de los Diputados 

306
00:16:16.715 --> 00:16:20.245
para adoptar una decisión para 
responder frente a una situación 

307
00:16:20.295 --> 00:16:22.130
extraordinaria y excepcional.

308
00:16:22.750 --> 00:16:23.930
Esto es lo que.

309
00:16:24.670 --> 00:16:27.330
A lo que alude el artículo 
1.1 de la ley. 

310
00:16:27.850 --> 00:16:31.125
Pero luego, y aquí empieza 
lo curioso, 

311
00:16:31.175 --> 00:16:35.805
en los artículos 4.11 
y 32, la ley 4.81 

312
00:16:35.855 --> 00:16:40.430
define exactamente lo que es 
alarma, excepción y sitio. 

313
00:16:40.690 --> 00:16:43.985
Y entonces lo que hace el 
Tribunal Constitucional 

314
00:16:44.035 --> 00:16:47.565
es integra, absorbe lo 
que dice la ley 

315
00:16:47.615 --> 00:16:52.190
para completar el contenido dejado 
indefinido por la Constitución. 

316
00:16:52.590 --> 00:16:53.290
Muy bien.

317
00:16:54.510 --> 00:16:57.305
Tercera cosa que hace el Tribunal 
Constitucional 

318
00:16:57.355 --> 00:17:02.330
en esta sentencia, algo realmente 
debatido en la literatura 

319
00:17:03.030 --> 00:17:05.765
de la doctrina, dice 
además el Tribunal 

320
00:17:05.814 --> 00:17:08.295
que los actos que declaran los 
estados de excepción, 

321
00:17:08.345 --> 00:17:12.405
alarma, excepción y sitio, tienen 
rango o valor de ley 

322
00:17:12.454 --> 00:17:15.564
y han de tenerlos según el 
Tribunal Constitucional 

323
00:17:15.615 --> 00:17:19.449
para poder desplazar las leyes 
y disposiciones asimilables. 

324
00:17:19.930 --> 00:17:23.410
Esa básicamente es la doctrina 
del Tribunal Constitucional. 

325
00:17:24.189 --> 00:17:26.245
Vertida en esta sentencia 
del año 2016 

326
00:17:26.295 --> 00:17:27.850
sobre el derecho de excepción.

327
00:17:28.250 --> 00:17:30.885
Pero claro, aquí algunas 
consideraciones críticas 

328
00:17:30.935 --> 00:17:34.950
que yo les quiero trasladar y quiero 
que piensen, nada más. 

329
00:17:37.690 --> 00:17:39.885
Si ustedes se dan cuenta, 
la Constitución 

330
00:17:39.935 --> 00:17:43.550
no definelo que es alarma, 
excepción y sitio. 

331
00:17:43.710 --> 00:17:46.550
Y creo que aquí la Constitución 
hace bien. 

332
00:17:48.080 --> 00:17:48.555
¿Por qué?

333
00:17:48.605 --> 00:17:52.595
Porque lo que sea imprevisible y 
excepcional tiene que deducirse 

334
00:17:52.645 --> 00:17:57.055
precisamente no a partir de lo que 
la Constitución dice, sino justamente 

335
00:17:57.105 --> 00:17:59.780
a partir de lo que la Constitución 
no dice. 

336
00:18:00.220 --> 00:18:04.315
Porque en el momento en el que 
alguien regule ex ante 

337
00:18:04.365 --> 00:18:07.220
lo que es extraordinario 
y excepcional, 

338
00:18:07.280 --> 00:18:09.820
deja de ser lo uno y lo otro.

339
00:18:10.900 --> 00:18:15.760
Piensen ustedes que en el año 81, 
una ley que ya tiene casi 45 años, 

340
00:18:16.000 --> 00:18:19.520
ya se regulólo que era imprevisible 
y excepcional. 

341
00:18:20.090 --> 00:18:22.105
Entonces mi pregunta es, 
¿no creen ustedes 

342
00:18:22.155 --> 00:18:25.305
que si lo que define el 
derecho de excepción 

343
00:18:25.355 --> 00:18:30.330
es lo imprevisible y lo hemos hecho 
previsible ya en el año 81 

344
00:18:30.790 --> 00:18:34.305
y regula lo extraordinario y lo 
hemos convertido en ordinario? 

345
00:18:34.355 --> 00:18:37.885
Mi pregunta es, ¿creen ustedes 
que la ley orgánica 

346
00:18:37.935 --> 00:18:40.465
puede ser plasmación del 
derecho de excepción 

347
00:18:40.515 --> 00:18:42.110
o ya no es tal cosa?

348
00:18:42.490 --> 00:18:46.030
Esa es la primera interrogante 
que a mí se me suscita. 

349
00:18:47.160 --> 00:18:51.015
Y efectivamente, y se lo voy a leer, 
la ley orgánica 4 barra 81 

350
00:18:51.065 --> 00:18:54.780
regula en el artículo 4 lo que 
es el estado de alarma. 

351
00:18:55.520 --> 00:18:58.855
Y dice que se produce cuando 
se produzcan catástrofes, 

352
00:18:58.905 --> 00:19:00.755
calamidades, desgracias públicas,

353
00:19:00.805 --> 00:19:04.600
tales como terremotos, inundaciones, 
incendios urbanos, forestales, 

354
00:19:04.720 --> 00:19:06.380
accidentes de gran magnitud.

355
00:19:07.070 --> 00:19:08.045
Crisis sanitarias

356
00:19:08.095 --> 00:19:10.910
tal y como epidemias, situaciones 
de contaminación grave, 

357
00:19:11.150 --> 00:19:13.965
paralización de los servicios 
públicos esenciales 

358
00:19:14.015 --> 00:19:14.805
para la comunidad,

359
00:19:14.855 --> 00:19:17.050
y así, no voy a seguirlo 
para no aburrir. 

360
00:19:17.810 --> 00:19:20.305
Y el artículo 11 habla del 
estado de excepción, 

361
00:19:20.355 --> 00:19:23.245
cuando el libre ejercicio de 
los derechos y libertades 

362
00:19:23.295 --> 00:19:24.065
de los ciudadanos,

363
00:19:24.115 --> 00:19:26.705
el normal funcionamiento de las 
instituciones públicas, 

364
00:19:26.755 --> 00:19:29.545
es decir, hace una regulación,

365
00:19:29.595 --> 00:19:32.405
un desarrollo de lo que es 
el derecho de excepción, 

366
00:19:32.455 --> 00:19:34.265
con un grado de detalle 
de los supuestos, 

367
00:19:34.315 --> 00:19:37.805
que a mí me parece que esto es 
incompatible, en teoría, 

368
00:19:37.855 --> 00:19:40.405
con lo que es el derecho 
de excepción, 

369
00:19:40.455 --> 00:19:43.510
la regulación de lo extraordinario 
y de lo imprevisible. 

370
00:19:48.150 --> 00:19:51.130
Entonces, tengo también aquí varias 
preguntas para ustedes, 

371
00:19:51.290 --> 00:19:52.185
para que las piensen.

372
00:19:52.235 --> 00:19:54.165
Luego no me las pregunten 
porque ya les digo 

373
00:19:54.215 --> 00:19:56.090
que no voy a tener respuesta.

374
00:20:00.710 --> 00:20:02.710
Yo sé que alguien preguntaba.

375
00:20:06.940 --> 00:20:09.775
En realidad, cuando el artículo 116.1

376
00:20:09.825 --> 00:20:12.375
dice, es verdad, se remite 
a una ley orgánica 

377
00:20:12.425 --> 00:20:15.095
para que regule los estados de 
alarma de excepción y sitio 

378
00:20:15.145 --> 00:20:18.995
y las competencias y limitaciones 
correspondientes, ¿no creen ustedes 

379
00:20:19.045 --> 00:20:21.275
que en realidad le está apoderando 
al legislador 

380
00:20:21.325 --> 00:20:23.522
para poder hacer algo distinto 
a lo que ha hecho? 

381
00:20:24.840 --> 00:20:27.340
¿O hace una llamada para 
que concrete, 

382
00:20:27.540 --> 00:20:29.815
para que haga lo imprevisible 
previsible 

383
00:20:29.865 --> 00:20:31.975
y lo extraordinario ordinario?

384
00:20:32.025 --> 00:20:34.000
Porque si es así, a mi juicio,

385
00:20:34.060 --> 00:20:36.616
tendremos que dejar de hablar 
de derecho de excepción. 

386
00:20:37.940 --> 00:20:38.829
Segundo problema.

387
00:20:40.440 --> 00:20:42.375
Cuando el Tribunal Constitucional

388
00:20:42.425 --> 00:20:45.235
lo que hace es recurre a 
la ley para definir 

389
00:20:45.285 --> 00:20:50.260
lo que es el derecho constitucional 
de excepción, ¿no está haciendo 

390
00:20:50.480 --> 00:20:52.840
que sea constitución lo que 
la ley dice que es? 

391
00:20:55.260 --> 00:20:58.975
¿No creen ustedes que lo más 
lógico para poder definir 

392
00:20:59.025 --> 00:21:02.915
lo que es el derecho constitucional 
de excepción sería poder definirlo 

393
00:21:02.965 --> 00:21:05.475
a partir de lo que las normas 
constitucionales 

394
00:21:05.525 --> 00:21:06.280
dicen o hacen?

395
00:21:07.210 --> 00:21:10.125
Porque al igual que cuando nosotros 
explicamos a nuestros estudiantes 

396
00:21:10.175 --> 00:21:14.405
que el rey es el mando supremo 
de las fuerzas armadas 

397
00:21:14.455 --> 00:21:18.825
y le desproveemos a esta norma de 
un contenido fáctico efectivo, 

398
00:21:18.875 --> 00:21:20.515
es decir, un poder de decisión,

399
00:21:20.565 --> 00:21:23.345
y lo hacemos por una interpretación 
sistemática 

400
00:21:23.395 --> 00:21:26.110
del texto constitucional, digo yo,

401
00:21:26.190 --> 00:21:28.985
¿cómo es posible que el Tribunal 
Constitucional 

402
00:21:29.035 --> 00:21:33.305
recurra a la ley para definir lo que 
es el derecho constitucional 

403
00:21:33.355 --> 00:21:33.965
de excepción?

404
00:21:34.015 --> 00:21:35.390
Yo diría que esto.

405
00:21:36.050 --> 00:21:39.385
Es incompatible con la 
estructura vertical 

406
00:21:39.435 --> 00:21:40.950
de nuestro sistema jurídico.

407
00:21:41.290 --> 00:21:43.625
La Constitución no puede 
ser lo que la ley 

408
00:21:43.675 --> 00:21:44.206
dice que es.

409
00:21:44.730 --> 00:21:47.490
Tercer problema, tercer misterio.

410
00:21:49.090 --> 00:21:50.990
Si ustedes se dan cuenta, 
antes les dije, 

411
00:21:51.070 --> 00:21:55.025
el Tribunal Constitucional dice 
que los actos que declaran 

412
00:21:55.075 --> 00:21:57.385
los estados de excepción, alarma, 
excepción y sitio, 

413
00:21:57.435 --> 00:21:59.950
tienen valor o rango de ley.

414
00:22:01.990 --> 00:22:03.485
Y tienen valor o rango de ley

415
00:22:03.535 --> 00:22:06.865
porque el Tribunal Constitucional 
parte de que estos actos, 

416
00:22:06.915 --> 00:22:09.865
la capacidad que tienen 
es poder desplazar 

417
00:22:09.915 --> 00:22:12.330
leyes y normas asimilables.

418
00:22:12.410 --> 00:22:15.775
Es decir, siguiendo lo que dice 
el Tribunal Constitucional, 

419
00:22:15.825 --> 00:22:19.470
precisamente porque tienen la 
capacidad de desplazar leyes, 

420
00:22:19.530 --> 00:22:24.085
han de tener el mismo rango

421
00:22:24.135 --> 00:22:26.405
que la norma desplazada 
en su aplicación, 

422
00:22:26.455 --> 00:22:27.152
digámoslo así.

423
00:22:27.810 --> 00:22:28.565
Pero esto en realidad,

424
00:22:28.615 --> 00:22:30.890
si ustedes se ponen a 
pensarlo, diría yo, 

425
00:22:30.970 --> 00:22:35.105
y a lo mejor persisto en el error, 
es incompatible con el sistema 

426
00:22:35.155 --> 00:22:38.510
de fuentes que hemos asumido en 
nuestra Constitución Española. 

427
00:22:39.190 --> 00:22:40.912
Podría haberlo hecho de otra manera,

428
00:22:40.990 --> 00:22:43.985
pero ustedes saben que nuestra 
Constitución asume un sistema 

429
00:22:44.035 --> 00:22:47.950
escalonado de normas, distribuye 
diferentes formas, 

430
00:22:48.150 --> 00:22:49.190
y la forma.

431
00:22:50.330 --> 00:22:53.630
Y a la forma se le atribuyen 
diferentes efectos jurídicos. 

432
00:22:53.970 --> 00:22:57.770
Diríamos que el hábito sí hace al 
monje la Constitución española. 

433
00:22:58.150 --> 00:23:01.950
Cuando la Constitución habla de 
formas como decreto ley, 

434
00:23:02.110 --> 00:23:04.895
decreto legislativo, tratados 
internacionales, 

435
00:23:04.945 --> 00:23:06.145
a estas formas

436
00:23:06.195 --> 00:23:09.675
se le veda determinados ámbitos 
materiales de regulación, 

437
00:23:09.725 --> 00:23:11.932
por ejemplo, materias propias 
de ley orgánica, 

438
00:23:12.860 --> 00:23:17.080
Pero cuando esa fuente hace lo que 
sí puede hacer válidamente, 

439
00:23:17.380 --> 00:23:20.065
la Constitución les atribuye 
el efecto jurídico, 

440
00:23:20.115 --> 00:23:23.115
como es la capacidad 
de derogar normas 

441
00:23:23.165 --> 00:23:26.560
dotadas de su mismo rango, 
leyes preexistentes, 

442
00:23:26.640 --> 00:23:28.980
y eso es lo que sucede.

443
00:23:29.060 --> 00:23:31.240
Es decir, la fuente, la forma,

444
00:23:31.380 --> 00:23:35.440
es la causa de generación de unos 
determinados efectos jurídicos. 

445
00:23:35.520 --> 00:23:39.160
Pasa lo mismo con aquellas formas 
a las que se le atribuye. 

446
00:23:39.970 --> 00:23:43.690
Un rango reglamentario, por ejemplo, 
los reales decretos. 

447
00:23:43.930 --> 00:23:47.450
El estado del arma se declara 
mediante un real decreto. 

448
00:23:48.550 --> 00:23:51.045
Pero claro, sucede que la 
argumentación del tribunal 

449
00:23:51.095 --> 00:23:53.030
parece que sucede algo distinto.

450
00:23:53.590 --> 00:23:56.315
No es que la forma le atribuye 
su efecto jurídico, 

451
00:23:56.365 --> 00:23:57.525
sino que es a la inversa.

452
00:23:57.575 --> 00:24:00.825
El tribunal parte presupone 
que un real decreto 

453
00:24:00.875 --> 00:24:03.985
que declara el estado de alarma 
podrá desplazar leyes 

454
00:24:04.035 --> 00:24:06.305
y normas asimilables preexistentes

455
00:24:06.355 --> 00:24:09.545
y precisamente por generar 
este efecto 

456
00:24:09.595 --> 00:24:12.350
se le atribuye su mismo 
rango jerárquico. 

457
00:24:12.430 --> 00:24:14.470
A mí esto me parece un problema.

458
00:24:15.380 --> 00:24:18.895
Y yo les pregunto a ustedes 
entonces, ¿no les parecería a ustedes 

459
00:24:18.945 --> 00:24:23.920
mucho más sencillo haber dicho que 
la capacidad de un real decreto 

460
00:24:24.040 --> 00:24:26.395
que declara el estado de alarma 
para poder desplazar 

461
00:24:26.445 --> 00:24:31.055
normas preexistentes no valdría con 
decir que es lex especialis, 

462
00:24:31.105 --> 00:24:35.215
que la excepcionalidad bastaría 
simplemente eso y dejar 

463
00:24:35.265 --> 00:24:37.280
el problema del rango a un lado?

464
00:24:39.280 --> 00:24:41.535
Claro, porque si en realidad, 
si ustedes piensan, 

465
00:24:41.585 --> 00:24:44.838
si nosotros seguimos la 
argumentación del Tribunal Constitucional, 

466
00:24:47.110 --> 00:24:51.305
que precisamente el efecto jurídico 
que genera el acto que declara 

467
00:24:51.355 --> 00:24:54.690
los estados excepcionales es 
lo que justifica su rango, 

468
00:24:54.770 --> 00:24:57.505
como veremos luego, los 
estados de excepción 

469
00:24:57.555 --> 00:25:00.445
y de sitio pueden suspender 
derechos fundamentales. 

470
00:25:00.495 --> 00:25:04.170
Es decir, pueden suspender normas 
de rango constitucional. 

471
00:25:04.270 --> 00:25:07.885
Y nadie ha defendido en 
España seriamente 

472
00:25:07.935 --> 00:25:11.745
que para que un estado de excepción 
y de sitio pueda suspender 

473
00:25:11.795 --> 00:25:14.990
la Constitución tenga que tener 
un rango constitucional. 

474
00:25:15.250 --> 00:25:16.590
Nadie ha dicho esto.

475
00:25:17.820 --> 00:25:19.580
Por tanto, ahí lo dejo.

476
00:25:24.740 --> 00:25:27.215
En definitiva, por cerrar 
esta primera parte 

477
00:25:27.265 --> 00:25:28.960
de la intervención, a mi modo de ver,

478
00:25:29.020 --> 00:25:31.960
y aquí sí que digo algo, 
lo que yo pienso, 

479
00:25:32.790 --> 00:25:35.605
Yo creo que la única manera 
de que la Constitución 

480
00:25:35.655 --> 00:25:37.408
y el derecho positivo puedan regular,

481
00:25:37.490 --> 00:25:40.165
reaccionar frente a lo 
extraordinario y lo imprevisible, 

482
00:25:40.215 --> 00:25:42.230
es precisamente cuando no lo hacen.

483
00:25:42.350 --> 00:25:42.825
Es decir,

484
00:25:42.875 --> 00:25:46.690
cuando regulan quién puede declarar 
un Estado excepcional, cómo, 

485
00:25:46.930 --> 00:25:49.310
cuál es el procedimiento 
y sus límites, 

486
00:25:49.370 --> 00:25:52.465
pero lo que sea lo excepcional 
y lo imprevisible 

487
00:25:52.515 --> 00:25:54.230
no lo puede regular.

488
00:25:54.990 --> 00:25:57.385
Y en eso creo que acierta 
nuestra Constitución 

489
00:25:57.435 --> 00:26:00.490
cuando no dice que es alarma, 
excepción y sitio. 

490
00:26:00.690 --> 00:26:03.170
Entonces me preguntarán ustedes, 
ahora sí a mí, 

491
00:26:03.790 --> 00:26:07.590
¿cómo se determinalo que es 
extraordinario o imprevisible? 

492
00:26:07.910 --> 00:26:11.865
Yo diría que quien tiene que decidir 
lo extraordinario o imprevisible 

493
00:26:11.915 --> 00:26:15.245
son los órganos que declaran 
los estados de excepción 

494
00:26:15.295 --> 00:26:17.605
en el momento en el que aquello 
que es imprevisible 

495
00:26:17.655 --> 00:26:18.463
se hace presente.

496
00:26:19.340 --> 00:26:23.895
Es decir, no creo que una ley exante 
de hace 45 años pueda definir 

497
00:26:23.945 --> 00:26:25.515
lo que es extraordinario 
e imprevisible, 

498
00:26:25.565 --> 00:26:28.573
sino que tiene que hacerlo el acto 
que declara el estado de alarma, 

499
00:26:28.623 --> 00:26:29.933
el de excepción o el de sitio.

500
00:26:30.120 --> 00:26:32.875
No oculto los problemas que 
esto pueda generar 

501
00:26:32.925 --> 00:26:35.760
y sobre lo que luego podemos debatir.

502
00:26:36.980 --> 00:26:40.175
La segunda parte de la intervención, 
en lo que yo creo 

503
00:26:40.225 --> 00:26:45.160
que aquí es donde está el problema 
de la suposición de Maslow, 

504
00:26:45.880 --> 00:26:49.595
es en el problema de la suspensión 
de derechos fundamentales 

505
00:26:49.645 --> 00:26:51.120
en la situación de esta acción.

506
00:26:52.240 --> 00:26:54.535
Antes, cuando hablaba 
con el profesor, 

507
00:26:54.585 --> 00:26:57.895
ficticiamente con el profesor Vidal, 
llegábamos a la conclusión, 

508
00:26:57.945 --> 00:27:00.845
yo creo que ustedes podrían también 
compartir este aspecto, 

509
00:27:00.895 --> 00:27:03.635
que el derecho de excepción 
habilitaba dentro 

510
00:27:03.685 --> 00:27:06.455
del ordenamiento jurídico la 
coexistencia de dos regímenes 

511
00:27:06.505 --> 00:27:08.860
que potencialmente se contradicen 
entre sí, 

512
00:27:08.940 --> 00:27:12.195
y el derecho de excepción lo 
que hace es desplazar 

513
00:27:12.245 --> 00:27:13.553
el derecho de la normalidad.

514
00:27:14.290 --> 00:27:16.785
Pero claro, en lo que nosotros 
tenemos que detenernos 

515
00:27:16.835 --> 00:27:19.770
es en dos cuestiones que para 
mí son fundamentadas. 

516
00:27:20.750 --> 00:27:25.750
Primero, ¿qué clase de regímenes 
contradictorios son estos? 

517
00:27:26.350 --> 00:27:30.925
Y dos, ¿en qué términos tiene que 
sustanciarse el problema 

518
00:27:30.975 --> 00:27:31.935
del desplazamiento?

519
00:27:31.985 --> 00:27:34.750
Creo que estos son los dos 
problemas fundamentales. 

520
00:27:35.670 --> 00:27:40.245
Nuestro Tribunal Constitucional 
y la literatura científica 

521
00:27:40.295 --> 00:27:41.350
de manera pacífica.

522
00:27:42.520 --> 00:27:47.315
Ha dicho que se producen dos tipos 
de regímenes contradictorios, 

523
00:27:47.365 --> 00:27:50.075
o dicho en otros términos, dos 
clases de desplazamiento 

524
00:27:50.125 --> 00:27:51.780
de los derechos fundamentales.

525
00:27:52.220 --> 00:27:54.855
Uno en forma de limitación 
de los derechos 

526
00:27:54.905 --> 00:27:57.260
y dos en términos de suspensión.

527
00:27:59.120 --> 00:28:01.615
Comenzando por lo primero, 
el estado de alarma 

528
00:28:01.665 --> 00:28:05.360
puede proceder a la limitación de 
los derechos fundamentales. 

529
00:28:05.950 --> 00:28:09.950
Porque así lo dice la 
Ley Orgánica 4.981, 

530
00:28:10.030 --> 00:28:13.950
famosa ley a la que antes tuve 
la oportunidad de referirme, 

531
00:28:14.010 --> 00:28:16.850
reguladora de los estados de 
alarma, excepción y sitio. 

532
00:28:16.990 --> 00:28:19.070
Y dice en su artículo 11a.

533
00:28:19.770 --> 00:28:21.505
Que cuando se declara 
el estado de alarma 

534
00:28:21.555 --> 00:28:25.725
se podrá limitar la circulación 
o permanencia de personas 

535
00:28:25.775 --> 00:28:27.885
o vehículos en horas y lugares

536
00:28:27.935 --> 00:28:32.225
determinados o condicionarlas al 
cumplimiento de ciertos requisitos, 

537
00:28:32.275 --> 00:28:35.545
algo que, como todos ustedes saben, 
hemos padecido precisamente 

538
00:28:35.595 --> 00:28:39.190
con el confinamiento domiciliario 
en tiempos de pandemia. 

539
00:28:41.290 --> 00:28:42.110
Sin embargo,

540
00:28:42.170 --> 00:28:44.510
en el caso de los estados 
de expisión y de sitio, 

541
00:28:44.670 --> 00:28:47.210
no se produce una limitación 
de derechos, 

542
00:28:47.450 --> 00:28:50.645
sino que lo que se produce 
es una suspensión 

543
00:28:50.695 --> 00:28:52.250
de derechos fundamentales.

544
00:28:52.490 --> 00:28:57.050
Y lo dice el artículo 55.1 de 
la Constitución Española. 

545
00:28:57.570 --> 00:29:00.514
Dice que cuando se declaran los 
estados de excepción y de sitio, 

546
00:29:00.610 --> 00:29:05.510
se podrán suspender los derechos 
reconocidos en los artículos 17, 18, 

547
00:29:05.950 --> 00:29:10.950
apartados 2 y 3, artículo 19, 20, 
apartados 1a, b, 5, artículos 21, 

548
00:29:12.510 --> 00:29:16.310
28, apartado 2 y artículo 
37, apartado 2. 

549
00:29:16.470 --> 00:29:18.350
Por tanto, resumiendo,

550
00:29:18.510 --> 00:29:21.965
cuando se declare el estado de 
alarma se pueden limitar derechos 

551
00:29:22.015 --> 00:29:24.025
y cuando se declaran los 
estados de excepción 

552
00:29:24.075 --> 00:29:26.290
y de sitio se pueden suspender.

553
00:29:28.110 --> 00:29:29.166
Vamos a los problemas.

554
00:29:30.250 --> 00:29:33.230
Primer problema, el problema de la 
limitación de los derechos. 

555
00:29:35.250 --> 00:29:37.950
Y creo que pueden ustedes 
llegar a intuirlo. 

556
00:29:38.270 --> 00:29:40.745
El fundamento, es decir, 
la causa normativa 

557
00:29:40.795 --> 00:29:43.165
de que se pueda producir una 
limitación de los derechos 

558
00:29:43.215 --> 00:29:44.865
cuando se declara el 
estado de alarma, 

559
00:29:44.915 --> 00:29:46.830
está en la ley.

560
00:29:48.470 --> 00:29:51.205
La ley es la que autoriza 
que se puedan limitar 

561
00:29:51.255 --> 00:29:52.452
derechos fundamentales.

562
00:29:52.970 --> 00:29:55.905
Pero claro, si la ley es 
la causa normativa 

563
00:29:55.955 --> 00:29:57.819
de que se pueda producir 
una limitación, 

564
00:29:58.730 --> 00:30:00.305
Todos podríamos convenir aquí

565
00:30:00.355 --> 00:30:02.730
de que la ley está sometida 
a la Constitución. 

566
00:30:03.050 --> 00:30:08.050
Si es así, creo que resultaría 
aplicable al decreto que declara 

567
00:30:09.930 --> 00:30:14.625
el estado de alarma al que se 
le reviste de rango de ley 

568
00:30:14.675 --> 00:30:17.445
el artículo 53.1 de la Constitución.

569
00:30:17.495 --> 00:30:20.865
Los derechos y libertades 
reconocidos en el capítulo segundo 

570
00:30:20.915 --> 00:30:24.010
del presente título vinculan a 
todos los poderes públicos. 

571
00:30:24.550 --> 00:30:28.330
Solo por ley, que en todo caso 
deberá respetar su contenido esencial, 

572
00:30:28.470 --> 00:30:32.610
podrá regularse el ejercicio de 
tales derechos y libertades. 

573
00:30:34.750 --> 00:30:36.765
No voy a entrar con detenimiento,

574
00:30:36.815 --> 00:30:40.390
lógicamente, a explicar lo que 
es el contenido esencial, 

575
00:30:40.450 --> 00:30:44.945
pero a lo mejor puede ser pequeños 
ejemplos para que nos ven 

576
00:30:44.995 --> 00:30:47.870
desde fuera de este aula 
lo puedan comprender. 

577
00:30:48.560 --> 00:30:49.615
El Tribunal Constitucional

578
00:30:49.665 --> 00:30:53.415
ha definido el contenido esencial 
como el conjunto de facultades 

579
00:30:53.465 --> 00:30:56.160
que hace que ese derecho sea 
recognoscible como tal. 

580
00:30:56.240 --> 00:30:57.555
Dicho en otros términos,

581
00:30:57.605 --> 00:30:59.755
que si le faltara alguna 
de estas facultades, 

582
00:30:59.805 --> 00:31:02.415
el derecho dejaría de ser tal 
y como la Constitución 

583
00:31:02.465 --> 00:31:02.995
garantiza.

584
00:31:03.660 --> 00:31:08.335
Por ejemplo, la sentencia que 
declaró la constitucionalidad de la ley 

585
00:31:08.385 --> 00:31:11.945
que reconoce el matrimonio entre 
parejas del mismo sexo, 

586
00:31:11.995 --> 00:31:14.875
el Tribunal Constitucional definió 
el contenido esencial 

587
00:31:14.925 --> 00:31:17.275
del matrimonio diciendo que 
el contenido esencial 

588
00:31:17.325 --> 00:31:21.160
garantiza el derecho a elegir 
con quien uno se casa, dos, 

589
00:31:21.240 --> 00:31:23.580
el derecho a casarse y a no casarse,

590
00:31:23.640 --> 00:31:28.640
y también ampara el derecho a 
casarse entre parejas del mismo sexo. 

591
00:31:29.750 --> 00:31:31.694
Eso es el contenido esencial 
del derecho. 

592
00:31:31.870 --> 00:31:35.645
Y lo que la ley no puede hacer es 
quitarle una de esas facultades 

593
00:31:35.695 --> 00:31:37.410
que hacen que el derecho sea tal.

594
00:31:37.570 --> 00:31:40.470
Y si lo limitara, el derecho 
no sería ese, 

595
00:31:40.530 --> 00:31:41.308
sino sería otro.

596
00:31:41.830 --> 00:31:46.830
Bien, lo importante aquí es que 
el decreto que declara 

597
00:31:47.890 --> 00:31:51.885
el Estado del Arma, revestido, vamos 
a aceptar esto de norma 

598
00:31:51.935 --> 00:31:52.605
con rango de ley,

599
00:31:52.655 --> 00:31:54.805
tiene que respetar, diría yo, 
el contenido esencial. 

600
00:31:54.855 --> 00:31:56.805
Es una norma de rango constitucional

601
00:31:56.855 --> 00:31:58.890
y no puede alterar el 
contenido esencial. 

602
00:31:59.530 --> 00:32:01.610
Pero claro, esto plantea, 
a mi modo de ver, 

603
00:32:01.710 --> 00:32:06.045
un fundamental problema, que 
es que el legislador, 

604
00:32:06.095 --> 00:32:08.445
vamos a llamarlo así, del 
estado de alarma 

605
00:32:08.495 --> 00:32:11.414
se encuentra en la misma posición 
que el legislador ordinario. 

606
00:32:11.490 --> 00:32:15.790
El legislador ordinario puede 
también regular, limitar derechos, 

607
00:32:16.110 --> 00:32:20.390
pero tiene la obligación de respetar 
su contenido esencial. 

608
00:32:21.070 --> 00:32:23.610
Y entonces, y les pongo un ejemplo,

609
00:32:25.060 --> 00:32:28.395
Traje aquí a colación la famosa 
Ley Orgánica 3 barra 1986 

610
00:32:28.445 --> 00:32:32.120
de medidas especiales en materia 
de salud pública, 

611
00:32:32.220 --> 00:32:34.795
que se aplicó también durante 
la declaración del estado 

612
00:32:34.845 --> 00:32:37.260
de alarma y antes de la declaración 
del estado. 

613
00:32:37.910 --> 00:32:42.910
El artículo 3 dice, los 
ámbitos de aplicación 

614
00:33:10.750 --> 00:33:13.265
entre el Real Decreto que declaraba 
el estado de alarma 

615
00:33:13.315 --> 00:33:15.090
con esta ley preexistente.

616
00:33:15.230 --> 00:33:16.610
Y sí, es cierto,

617
00:33:16.710 --> 00:33:21.145
probablemente esta ley orgánica sea 
aplicable a supuestos concretos 

618
00:33:21.195 --> 00:33:25.005
y el estado de alarma pueda ser 
aplicable a ámbitos territoriales 

619
00:33:25.055 --> 00:33:25.705
más amplios.

620
00:33:25.755 --> 00:33:28.150
El ámbito de aplicabilidad 
es distinto. 

621
00:33:28.250 --> 00:33:30.105
Pero aquí lo que a nosotros 
nos interesa 

622
00:33:30.155 --> 00:33:32.150
es hasta dónde puede limitar 
los derechos. 

623
00:33:32.640 --> 00:33:34.015
Y lo que yo tendría claro

624
00:33:34.065 --> 00:33:37.105
es que tanto una norma, la que 
declara el estado de alarma, 

625
00:33:37.155 --> 00:33:41.080
como esta otra están sometidos y 
vinculados al contenido esencial. 

626
00:33:41.220 --> 00:33:43.560
Entonces la pregunta que les 
hago es la siguiente. 

627
00:33:44.340 --> 00:33:47.115
¿Cómo es posible que 
se pueda entender 

628
00:33:47.165 --> 00:33:51.285
como un estado de excepción 
un estado, el de alarma, 

629
00:33:51.335 --> 00:33:54.015
que pueda hacer exactamente 
lo mismo con los derechos 

630
00:33:54.065 --> 00:33:55.500
que el legislador ordinario?

631
00:33:56.940 --> 00:34:00.495
Yo creo que un estado de excepción, 
si es estado de excepción, 

632
00:34:00.545 --> 00:34:03.755
es porque permitiría hacer más 
cosas que lo que le permite 

633
00:34:03.805 --> 00:34:06.700
la normalidad preexistente, diría yo.

634
00:34:07.340 --> 00:34:09.460
Es cierto que el estado de alarma,

635
00:34:09.520 --> 00:34:13.159
el uso del principio de 
concentración de poder, 

636
00:34:13.260 --> 00:34:16.554
permite una acción necesaria 
más eficaz e inmediata 

637
00:34:16.605 --> 00:34:19.899
que la creación de una ley que 
lleva varios meses aprobada. 

638
00:34:20.120 --> 00:34:23.254
Eso sí, pero lo que se refiere 
al ámbito regulatorio 

639
00:34:23.304 --> 00:34:26.280
de uno y otro, yo diría que es 
sustancialmente idéntico. 

640
00:34:26.820 --> 00:34:28.695
En fin, yo creo que el 
estado de alarma 

641
00:34:28.745 --> 00:34:33.720
no puede ser considerado, creo yo, 
un estado o un derecho de excepción. 

642
00:34:38.540 --> 00:34:43.540
Sin embargo, en el caso de 
los estados de excepción 

643
00:34:44.700 --> 00:34:47.060
y de sitio, aquí sí que 
se puede producir, 

644
00:34:47.139 --> 00:34:50.135
sí que pueden regular más cosas 
de los que puede hacer 

645
00:34:50.185 --> 00:34:51.254
el legislador ordinario,

646
00:34:51.304 --> 00:34:53.113
porque la Constitución está diciendo.

647
00:34:53.639 --> 00:34:55.971
Que se pueden suspender derechos 
fundamentales. 

648
00:34:56.021 --> 00:34:58.665
Por tanto, yo creo que si 
el Estado de excepción, 

649
00:34:58.715 --> 00:34:59.655
el derecho de excepción,

650
00:34:59.705 --> 00:35:01.795
existe en su pura esencia 
en la Constitución, 

651
00:35:01.845 --> 00:35:04.365
es gracias precisamente 
a la suspensión. 

652
00:35:04.415 --> 00:35:08.955
Por tanto, yo me atrevería a 
defender que sólo el Estado de excepción 

653
00:35:09.005 --> 00:35:13.980
y el de sitio pueden ser 
considerados como un Estado de excepción. 

654
00:35:15.700 --> 00:35:16.380
Diría yo.

655
00:35:16.480 --> 00:35:19.900
Espero que ustedes digan lo 
contrario y luego me pregunten. 

656
00:35:22.940 --> 00:35:26.820
Entonces el problema es qué es la 
suspensión de los derechos. 

657
00:35:27.180 --> 00:35:28.380
Y aquí de nuevo,

658
00:35:28.440 --> 00:35:32.120
en uno de los problemas a los que 
yo me empeciné en mi libro, 

659
00:35:32.180 --> 00:35:34.540
es tratar de ver qué era la 
suspensión de derechos. 

660
00:35:35.140 --> 00:35:36.055
Y al final,

661
00:35:36.105 --> 00:35:38.725
después de toneladas y ríos de tinta,

662
00:35:38.775 --> 00:35:42.275
me he dado cuenta de que 
no hemos llegado, 

663
00:35:42.325 --> 00:35:45.900
la literatura española, 
científica española, 

664
00:35:45.980 --> 00:35:48.175
a una conclusión convincente

665
00:35:48.225 --> 00:35:50.311
acerca de lo que es la suspensión 
de derechos. 

666
00:35:51.050 --> 00:35:53.265
Y la jurisprudencia del Tribunal 
Constitucional 

667
00:35:53.315 --> 00:35:56.765
a este respecto ha sido objeto de 
crítica iracunda por parte 

668
00:35:56.815 --> 00:35:58.670
de la mayoría de nosotros.

669
00:35:59.890 --> 00:36:02.270
Bueno, vamos a ver.

670
00:36:08.430 --> 00:36:11.930
Por presentar algo relativamente 
consensuado, 

671
00:36:12.070 --> 00:36:16.725
podemos aceptar que suspender un 
derecho sí implica la posibilidad 

672
00:36:16.775 --> 00:36:18.417
de afectar a su contenido esencial.

673
00:36:19.750 --> 00:36:21.805
Pero esto en realidad no 
nos importa demasiado. 

674
00:36:21.855 --> 00:36:22.305
¿Por qué?

675
00:36:22.355 --> 00:36:25.805
Porque el problema, diría yo, 
del derecho de excepción 

676
00:36:25.855 --> 00:36:29.625
no es tanto analizar cuánto 
de contenido esencial 

677
00:36:29.675 --> 00:36:33.665
puede autorizar una suspensión al 
declarar los estados de excepción 

678
00:36:33.715 --> 00:36:34.175
y de sitio,

679
00:36:34.225 --> 00:36:38.345
sino en qué términos se genera 
la relación internormativa 

680
00:36:38.395 --> 00:36:42.605
entre esos estados y los derechos 
fundamentales, 

681
00:36:42.655 --> 00:36:45.950
dicho en términos más simples, 
que es una suspensión. 

682
00:36:46.210 --> 00:36:47.970
Y en este caso la doctrina.

683
00:36:48.680 --> 00:36:50.275
Y el propio Tribunal Constitucional

684
00:36:50.325 --> 00:36:53.000
ha habilitado dos posibles 
soluciones. 

685
00:36:53.500 --> 00:36:57.360
La primera de ellas, la 
aparentemente más plausible y aceptable, 

686
00:36:57.420 --> 00:37:00.060
que plantea un problema 
de aplicabilidad. 

687
00:37:00.540 --> 00:37:03.280
Y la segunda, un problema 
de vigencia. 

688
00:37:05.960 --> 00:37:07.520
Vamos a tratar de explicar.

689
00:37:10.440 --> 00:37:11.980
Parte de la doctrina ha dicho.

690
00:37:14.240 --> 00:37:16.435
Que cuando se declaran los estados 
de sección y de sitio 

691
00:37:16.485 --> 00:37:18.895
y se suspendan derechos 
fundamentales, 

692
00:37:18.945 --> 00:37:21.040
lo que sucede técnicamente 
es lo siguiente. 

693
00:37:25.540 --> 00:37:29.875
Las normas que declaran estos 
estados desplazan la Constitución, 

694
00:37:29.925 --> 00:37:32.535
deja de ser aplicable, 
pero la Constitución 

695
00:37:32.585 --> 00:37:35.875
mantiene intacta en teoría 
su obligatoriedad, 

696
00:37:35.925 --> 00:37:40.900
es decir, su vigencia temporal, 
personal, territorial o material. 

697
00:37:43.010 --> 00:37:47.945
Esto yo creo que para ustedes 
sería lo más evidente, 

698
00:37:47.995 --> 00:37:49.470
lo que podría ser más plausible.

699
00:37:49.910 --> 00:37:54.705
Deja de aplicarse los derechos 
fundamentales en la parte suspendida 

700
00:37:54.755 --> 00:37:59.505
y son aplicables las normas que 
declaran los estados de excepción 

701
00:37:59.555 --> 00:38:03.245
y de sitio en aquello que 
contradiene lo que la Constitución 

702
00:38:03.295 --> 00:38:03.826
garantiza.

703
00:38:04.150 --> 00:38:06.890
Yo creo que todo el mundo 
podría aceptar esto. 

704
00:38:09.920 --> 00:38:11.760
Pero al final, si miran 
este problema, 

705
00:38:11.860 --> 00:38:14.615
como decía Yestaed, Matías Yestaed,

706
00:38:14.665 --> 00:38:17.480
si miran este problema con 
cierto detenimiento, 

707
00:38:17.700 --> 00:38:22.155
les pregunto a ustedes, 
¿no estamos aceptando 

708
00:38:22.205 --> 00:38:24.975
que una norma de rango 
infraconstitucional, 

709
00:38:25.025 --> 00:38:28.040
como son las que declaran los 
estados de excepción y de sitio, 

710
00:38:28.720 --> 00:38:33.720
pueden contradecir válidamente una 
constitución que queda inalterada 

711
00:38:34.320 --> 00:38:37.560
en su eficacia, pero simplemente 
deja de ser aplicable? 

712
00:38:37.860 --> 00:38:39.300
¿A mí esto de lejos?

713
00:38:40.200 --> 00:38:41.589
Me parece un poco complicado.

714
00:38:42.900 --> 00:38:44.940
Quienes han criticado la 
tesis de mi libro, 

715
00:38:45.040 --> 00:38:50.040
precisamente juristas de 
tan poco prestigio 

716
00:38:53.340 --> 00:38:55.880
como Francisco Camaño 
o Miguel Azpitarte, 

717
00:38:56.060 --> 00:38:58.875
probablemente sean uno de 
los mejores teóricos 

718
00:38:58.925 --> 00:39:00.900
de la Constitución que 
existe en este país, 

719
00:39:01.120 --> 00:39:05.800
me achacaron un problema a esto 
que trato de defender. 

720
00:39:05.900 --> 00:39:06.733
Y es lo siguiente.

721
00:39:07.180 --> 00:39:11.075
Dice, ¿Por qué te parece tan extraño 
si este problema de aplicabilidad 

722
00:39:11.125 --> 00:39:13.755
es lo que sucede en las relaciones 
entre el derecho de la Unión Europea 

723
00:39:13.805 --> 00:39:14.780
y el derecho interno?

724
00:39:15.100 --> 00:39:16.920
Y nadie ha planteado este problema.

725
00:39:17.200 --> 00:39:20.695
Es decir, todo el mundo acepta 
y explicamos en las clases 

726
00:39:20.745 --> 00:39:22.375
que el derecho de la Unión Europea

727
00:39:22.425 --> 00:39:25.000
tiene primacía respecto de 
todo el derecho interno. 

728
00:39:25.480 --> 00:39:27.440
También respecto de la Constitución.

729
00:39:27.720 --> 00:39:31.600
La Constitución permanece también 
inalterada en su obligatoriedad, 

730
00:39:31.660 --> 00:39:33.840
simplemente deja de ser aplicable.

731
00:39:34.180 --> 00:39:35.513
Pero claro, hay un problema.

732
00:39:37.400 --> 00:39:40.415
Si atendemos a la doctrina del 
Tribunal Constitucional vertida 

733
00:39:40.465 --> 00:39:45.440
a las declaraciones 1-92 y 1-2004, 
afirma que esa primacía, 

734
00:39:46.900 --> 00:39:49.475
la del derecho de la Unión Europea 
sobre el derecho interno, 

735
00:39:49.525 --> 00:39:53.515
no es aplicable cuando afecte a las 
estructuras constitucionales 

736
00:39:53.565 --> 00:39:54.484
básicas del Estado.

737
00:39:55.130 --> 00:39:56.545
Y es más, el tribunal,

738
00:39:56.595 --> 00:39:58.845
como todos ustedes saben, 
en la declaración 1 

739
00:39:58.895 --> 00:40:02.850
barra 2004, dice que si en 
algún hipotético futuro, 

740
00:40:02.990 --> 00:40:03.830
hipotético caso,

741
00:40:04.010 --> 00:40:07.885
se produjera una contradicción entre 
el derecho de la Unión Europea 

742
00:40:07.935 --> 00:40:12.830
y el derecho interno, el tribunal 
puede llegar a entrar a su control, 

743
00:40:12.910 --> 00:40:16.845
aunque reconoce que los mecanismos 
para su control procesales 

744
00:40:16.895 --> 00:40:18.130
no existen todavía.

745
00:40:18.950 --> 00:40:21.950
Entonces yo les pregunto, ¿a ustedes 
no les parece interesante. 

746
00:40:22.010 --> 00:40:24.605
Que la suspensión de los 
derechos fundamentales 

747
00:40:24.655 --> 00:40:26.085
o los derechos fundamentales

748
00:40:26.135 --> 00:40:30.985
en general, que son materialización 
más prístina 

749
00:40:31.035 --> 00:40:33.685
de los principios de Estado social 
y democrático de derecho, 

750
00:40:33.735 --> 00:40:37.385
¿ustedes no dirían que eso formaría 
parte de las estructuras 

751
00:40:37.435 --> 00:40:38.450
básicas del Estado?

752
00:40:39.770 --> 00:40:42.465
¿Ustedes creen que es posible 
que una norma de rango 

753
00:40:42.515 --> 00:40:46.105
infraconstitucional puede 
contravenir derechos fundamentales 

754
00:40:46.155 --> 00:40:48.825
que quedan suspendidos 
en su aplicabilidad 

755
00:40:48.875 --> 00:40:51.985
pero inalterados en su 
obligatoriedad? 

756
00:40:52.035 --> 00:40:56.450
A mí me parece de difícil 
explicación. 

757
00:40:58.910 --> 00:41:00.890
Otra parte de la doctrina ha dicho,

758
00:41:00.990 --> 00:41:03.490
y yo creo que esta solución sí 
que sería más plausible, 

759
00:41:03.750 --> 00:41:05.590
ha dicho que el problema.

760
00:41:06.410 --> 00:41:10.070
No es un problema de aplicabilidad, 
es un problema de vigencia. 

761
00:41:10.910 --> 00:41:15.585
Y con el término vigencia aludimos a 
la obligatoriedad de una norma, 

762
00:41:15.635 --> 00:41:17.910
tanto en el tiempo, la 
vigencia temporal, 

763
00:41:18.250 --> 00:41:22.400
vigencia espacial, en el espacio, 
vigencia personal, 

764
00:41:22.720 --> 00:41:25.660
las personas a las que se dirige, 
o vigencia material, 

765
00:41:25.900 --> 00:41:26.995
lo que la norma obliga.

766
00:41:27.045 --> 00:41:31.060
Por tanto, quienes han defendido, en 
realidad han sido la mayoría, 

767
00:41:31.320 --> 00:41:33.425
que se trata de un problema 
de vigencia, 

768
00:41:33.475 --> 00:41:36.580
lo que están diciendo es algo que 
no soluciona el problema, 

769
00:41:36.720 --> 00:41:38.660
pero nos mete en otro 
mucho más grave. 

770
00:41:40.880 --> 00:41:43.575
Quienes entienden que la suspensión 
es un problema de vigencia, 

771
00:41:43.625 --> 00:41:44.335
lo que están diciendo

772
00:41:44.385 --> 00:41:46.595
es que el contenido obligatorio 
de la Constitución 

773
00:41:46.645 --> 00:41:50.680
deja de ser tal, Y queda sustituido 
por el contenido, 

774
00:41:50.920 --> 00:41:54.520
por el régimen jurídico que defina 
los estados de excepción y de sitio. 

775
00:41:54.900 --> 00:41:58.735
Aquí no llega a producirse una 
contradicción con la Constitución 

776
00:41:58.785 --> 00:42:00.995
porque parte del contenido 
obligatorio 

777
00:42:01.045 --> 00:42:02.860
de la Constitución ha desaparecido.

778
00:42:02.980 --> 00:42:04.880
Aquí no hay contradicción posible.

779
00:42:07.500 --> 00:42:11.280
Pero claro, el gran problema, 
entonces, yo les pregunto. 

780
00:42:14.890 --> 00:42:15.845
Verá, cuando estuve.

781
00:42:15.895 --> 00:42:17.225
Ya al final de.

782
00:42:17.275 --> 00:42:18.890
Ya voy terminando, perdón.

783
00:42:19.550 --> 00:42:21.950
Ya al final de mi estancia 
de investigación, 

784
00:42:22.210 --> 00:42:24.745
cuando me di cuenta que al 
final no iba a ser capaz 

785
00:42:24.795 --> 00:42:27.025
de solucionar todo esto porque 
era un problema que excedía 

786
00:42:27.075 --> 00:42:32.050
de mi capacidad, encontré un libro 
escrito en el año 1979 

787
00:42:32.330 --> 00:42:35.025
por un catedrático de la Universidad 
de Salzburgo 

788
00:42:35.075 --> 00:42:36.494
que se llamaba Friedrich Koya.

789
00:42:37.530 --> 00:42:41.290
Y en una página de su libro 
escribía una cosa. 

790
00:42:42.740 --> 00:42:45.735
A la que él no quiso dar solución 
porque él se daba cuenta 

791
00:42:45.785 --> 00:42:48.593
de que ese era el verdadero problema 
del estado de excepción. 

792
00:42:48.800 --> 00:42:52.435
Él en su libro lo que se preguntaba 
en dos líneas 

793
00:42:52.485 --> 00:42:56.515
era que teníamos que plantearnos 
cuál era el destino 

794
00:42:56.565 --> 00:43:00.500
de aquellas normas que habían sido 
suspendidas en su aplicación. 

795
00:43:00.720 --> 00:43:04.015
Si reinstauraban automáticamente 
su vigencia, 

796
00:43:04.065 --> 00:43:05.835
es decir, su obligatoriedad,

797
00:43:05.885 --> 00:43:08.320
después de que finalice la 
situación de excepción, 

798
00:43:09.410 --> 00:43:14.270
¿O era necesario un acto expreso que 
volviera a reinstaurar su vigencia? 

799
00:43:14.770 --> 00:43:17.065
Claro, esta pregunta 
de este profesor, 

800
00:43:17.115 --> 00:43:18.725
lo que en el fondo estaba admitiendo,

801
00:43:18.775 --> 00:43:21.565
es que parte de las normas 
constitucionales 

802
00:43:21.615 --> 00:43:26.590
tenían que haber sido derogadas, 
desaparecidas, 

803
00:43:26.850 --> 00:43:29.785
para que las normas que declararon 
Estados de decisión 

804
00:43:29.835 --> 00:43:31.950
y de sitio no fueran 
inconstitucionales. 

805
00:43:32.190 --> 00:43:34.970
Pero entonces, claro, llegamos 
a un problema. 

806
00:43:36.030 --> 00:43:38.790
Si para que la Constitución.

807
00:43:39.480 --> 00:43:42.740
Pueda ser suspendida y deba 
de perder su vigencia, 

808
00:43:42.820 --> 00:43:46.255
mi problema es, ¿no creen ustedes 
que estamos cayendo, 

809
00:43:46.305 --> 00:43:49.675
y con esto termino, en la 
suposición de Maslow 

810
00:43:49.725 --> 00:43:52.915
y estamos presuponiendo que 
normas que han tenido 

811
00:43:52.965 --> 00:43:56.335
que dejar de formar parte 
de la Constitución, 

812
00:43:56.385 --> 00:43:58.655
finalizada la situación de excepción,

813
00:43:58.705 --> 00:44:00.780
automáticamente se integren en ellas?

814
00:44:01.750 --> 00:44:05.965
Por eso mi libro, con esto termino, 
se titula El derecho de excepción 

815
00:44:06.015 --> 00:44:07.325
como milagro jurídico.

816
00:44:07.375 --> 00:44:10.885
Porque para que el derecho de 
excepción se pueda juridificar hay 

817
00:44:10.935 --> 00:44:15.865
que obrar un milagro, que es 
resucitar a la vida del derecho 

818
00:44:15.915 --> 00:44:18.630
una norma que por fuerza ha tenido 
que quedar derogada. 

819
00:44:18.990 --> 00:44:22.485
Y entonces quedo aquí a la espera 
de la ametralladora 

820
00:44:22.535 --> 00:44:23.830
de sus preguntas,

821
00:44:23.950 --> 00:44:26.710
a las que ya les anticipo que 
no voy a contestarse hoy. 

822
00:44:35.470 --> 00:44:39.570
Bueno, ya ven que ha planteado cosas.

823
00:44:39.790 --> 00:44:43.705
Podríamos estar aquí discutiendo 
de esto indefinidamente, 

824
00:44:43.755 --> 00:44:46.990
pero la coordinación del máster 
no me lo va a permitir. 

825
00:44:48.430 --> 00:44:52.770
Pero podemos abrir un periodo 
de preguntas. 

826
00:44:54.130 --> 00:44:55.585
Puede que haya también preguntas.

827
00:44:55.635 --> 00:44:59.130
Por eso se pone ahí Salvador, por 
si alguien pregunta por Zoom. 

828
00:44:59.910 --> 00:45:00.770
Entonces, a ver.

829
00:45:03.210 --> 00:45:03.770
Adelante.

830
00:45:05.150 --> 00:45:06.261
Jorge, Puerto Carrero.

831
00:45:06.850 --> 00:45:07.570
¿Qué tal?

832
00:45:07.710 --> 00:45:11.310
Muchas gracias por la presentación.

833
00:45:11.970 --> 00:45:13.870
Muy técnica, muy interesante.

834
00:45:14.370 --> 00:45:17.905
A mí me ha interesado mucho 
la parte donde mencionas 

835
00:45:17.955 --> 00:45:20.610
la cuestión del contenido esencial.

836
00:45:22.710 --> 00:45:27.710
Pero no me queda muy claro cómo 
determina cuándo ese contenido 

837
00:45:29.470 --> 00:45:31.850
esencial es afectado, ¿no?

838
00:45:32.530 --> 00:45:33.090
Eh.

839
00:45:34.190 --> 00:45:35.765
No he escuchado hablar 
de proporcionalidad 

840
00:45:35.815 --> 00:45:39.805
ni ningún tipo de este 
tipo de análisis, 

841
00:45:39.855 --> 00:45:43.425
como que, por ejemplo, los juzgados 
hoy hacen su voto particular 

842
00:45:43.475 --> 00:45:47.390
de la sentencia del primer 
estado de Andalucía. 

843
00:45:48.490 --> 00:45:53.245
Precisamente en esa sentencia hay 
un parecido bastante curioso 

844
00:45:53.295 --> 00:45:58.270
de una interpretación base de.

845
00:46:00.440 --> 00:46:00.940
Un Estado,

846
00:46:01.080 --> 00:46:04.140
de entender el estado de alarma 
y la limitación de derechos, 

847
00:46:04.360 --> 00:46:09.360
a entenderlo como una suspensión 
y evite la proporcionalidad, 

848
00:46:09.980 --> 00:46:13.155
precisamente, y termine 
recogiendo el caso 

849
00:46:13.205 --> 00:46:17.535
por haber sido una, la medida 
que ha sido aplicada 

850
00:46:17.585 --> 00:46:20.400
no fue la adecuada, ¿no?

851
00:46:20.700 --> 00:46:22.600
Yo estaría más del lado de Sion,

852
00:46:22.760 --> 00:46:26.695
porque en la medida que entiendo que 
hay derechos y bienes jurídicos 

853
00:46:26.745 --> 00:46:29.620
protegidos que se están limitando en.

854
00:46:30.610 --> 00:46:31.250
Unos a otros,

855
00:46:31.410 --> 00:46:34.990
pues yo creería que ahí habría un 
análisis de proporcionalidad, 

856
00:46:35.070 --> 00:46:37.510
precisamente usted por el 
argumento que sostiene, 

857
00:46:37.630 --> 00:46:39.230
que es el contenido esencial.

858
00:46:39.710 --> 00:46:43.605
Entonces, mi pregunta sería, 
¿cuál sería el rol 

859
00:46:43.655 --> 00:46:47.010
del principio de proporcionalidad, 
del análisis de proporcionalidad, 

860
00:46:47.060 --> 00:46:52.050
en la valoración de la aceptación 
del contenido esencial en los Estados, 

861
00:46:53.370 --> 00:46:54.990
en el derecho a excepción?

862
00:46:56.550 --> 00:46:58.390
Muchísimas gracias, Jorge.

863
00:47:01.740 --> 00:47:02.860
Me van a matar.

864
00:47:04.960 --> 00:47:06.955
Yo creo que el principio 
de proporcionalidad, 

865
00:47:07.005 --> 00:47:08.195
por mucho que lo diga la ley,

866
00:47:08.245 --> 00:47:13.220
porque la ley orgánica 4.1981 habla 
de la proporcionalidad. 

867
00:47:13.740 --> 00:47:15.355
Yo creo que la proporcionalidad

868
00:47:15.405 --> 00:47:17.602
no puede ser aplicable al 
derecho de excepción. 

869
00:47:18.020 --> 00:47:20.435
Porque el principio de 
proporcionalidad es un instrumento 

870
00:47:20.485 --> 00:47:23.682
que, como sabe el profesor Vidal, lo 
hemos cogido del derecho alemán, 

871
00:47:24.390 --> 00:47:28.285
El principio de proporcionalidad 
lo que hace es establecer 

872
00:47:28.335 --> 00:47:29.070
o calibrar,

873
00:47:29.130 --> 00:47:34.130
digámoslo así, los límites de dos 
bienes que son equivalentes. 

874
00:47:35.130 --> 00:47:38.950
Dos bienes, como pueden ser 
derechos fundamentales, 

875
00:47:39.010 --> 00:47:41.485
pero claro, el problema del 
derecho de excepción 

876
00:47:41.535 --> 00:47:43.365
es que por su propia esencia

877
00:47:43.415 --> 00:47:46.705
está planteando la consistencia 
de dos regímenes 

878
00:47:46.755 --> 00:47:47.990
que no son equivalentes.

879
00:47:48.490 --> 00:47:49.655
Por una parte,

880
00:47:49.705 --> 00:47:53.410
derechos que son objeto de 
limitación o de suspensión, 

881
00:47:55.280 --> 00:47:58.335
y la preservación de la existencia 
misma de la Constitución 

882
00:47:58.385 --> 00:47:59.749
y del ordenamiento jurídico.

883
00:47:59.980 --> 00:48:02.205
Esos bienes no son equivalentes.

884
00:48:02.255 --> 00:48:06.160
Por eso yo creo que lo que es 
aplicable al principio, 

885
00:48:06.520 --> 00:48:10.275
al derecho de excepción,

886
00:48:10.325 --> 00:48:13.860
no es el principio de 
proporcionalidad, 

887
00:48:14.060 --> 00:48:18.580
sino el de necesidad en sentido 
de razonabilidad. 

888
00:48:18.780 --> 00:48:20.800
Y aquí el Tribunal Constitucional.

889
00:48:21.660 --> 00:48:23.415
Creo que ha acertado,

890
00:48:23.465 --> 00:48:25.840
a pesar de que le han caído 
muchísimas críticas, 

891
00:48:25.920 --> 00:48:30.920
cuando las sentencias 89 barra 
2019 y 90, 2019, cuando. 

892
00:48:34.360 --> 00:48:39.360
Analizó la teórica proporcionalidad 
de la intervención estatal 

893
00:48:39.480 --> 00:48:43.440
contra Cataluña en aplicación 
del artículo 155, 

894
00:48:43.620 --> 00:48:46.360
dijo el tribunal, ahí yo 
creo que con razón, 

895
00:48:46.540 --> 00:48:49.615
que no es aplicable el principio 
de proporcionalidad, 

896
00:48:49.665 --> 00:48:51.400
sino el principio de necesidad.

897
00:48:51.540 --> 00:48:53.720
Y yo creo que ahí tenía razón.

898
00:48:53.860 --> 00:48:55.855
Porque el principio de 
proporcionalidad 

899
00:48:55.905 --> 00:48:59.680
y el principio de necesidad no 
son exactamente lo mismo. 

900
00:48:59.980 --> 00:49:01.260
Bueno, allí.

901
00:49:02.090 --> 00:49:04.765
Hay un debate que no podemos 
dar por sentado. 

902
00:49:04.815 --> 00:49:06.170
Para mí la necesidad.

903
00:49:15.440 --> 00:49:17.655
Aquello que sea necesario en 
la sociedad democrática 

904
00:49:17.705 --> 00:49:19.595
no es equivalente a la 
proporcionalidad, 

905
00:49:19.645 --> 00:49:21.800
bueno, es una lectura de 
la proporcionalidad, 

906
00:49:21.860 --> 00:49:24.615
pero en la doctrina para 
nada se puede decir 

907
00:49:24.665 --> 00:49:25.735
que son cosas distintas.

908
00:49:25.785 --> 00:49:27.100
Eso lo tengo muy claro.

909
00:49:27.520 --> 00:49:28.964
Sí, desde luego, tienes razón.

910
00:49:29.080 --> 00:49:30.835
Tal y como lo entendemos 
en la actualidad, 

911
00:49:30.885 --> 00:49:33.555
el principio de proporcionalidad 
está formado por tres elementos. 

912
00:49:33.605 --> 00:49:36.735
La idoneidad, necesidad 
y proporcionalidad 

913
00:49:36.785 --> 00:49:37.615
en sentido estricto.

914
00:49:37.665 --> 00:49:38.307
Nadie lo dice.

915
00:49:38.440 --> 00:49:41.215
Pero cuando estoy hablando 
de necesidad, 

916
00:49:41.265 --> 00:49:44.000
porque si tú te das cuenta.

917
00:49:44.700 --> 00:49:45.195
Te tuteo

918
00:49:45.245 --> 00:49:48.605
porque hemos compañeros en el Centro 
de Estudios Constitucionales, 

919
00:49:48.655 --> 00:49:51.475
cuando se aplica el principio 
de proporcionalidad 

920
00:49:51.525 --> 00:49:53.475
no se suspenden derechos 
fundamentales, 

921
00:49:53.525 --> 00:49:54.380
se delimitan.

922
00:49:55.240 --> 00:49:55.800
Correcto.

923
00:49:56.540 --> 00:49:57.720
En este caso,

924
00:49:57.820 --> 00:50:00.095
la suspensión de derechos 
tiene sentido 

925
00:50:00.145 --> 00:50:03.020
cuando estamos, no es un problema 
de ponderación, 

926
00:50:03.140 --> 00:50:07.695
cuando estamos poniendo en juego dos 
bienes que no son equivalentes. 

927
00:50:07.745 --> 00:50:10.975
De una parte, los derechos 
y por otra parte, 

928
00:50:11.025 --> 00:50:13.560
la existencia misma del Estado 
y de la Constitución. 

929
00:50:14.460 --> 00:50:15.234
Aquí lo que digo,

930
00:50:15.284 --> 00:50:18.260
no tampoco estoy diciendo que el 
fin justifique los medios, 

931
00:50:18.440 --> 00:50:22.595
porque la Constitución desde luego 
limita y debe de hacerlo 

932
00:50:22.645 --> 00:50:26.255
lógicamente, porque si no caeríamos 
en la teoría del estado de excepción 

933
00:50:26.305 --> 00:50:29.175
de Carl Schmitt y esto desde luego 
nuestra Constitución normativa 

934
00:50:29.225 --> 00:50:30.185
no lo autorizaría.

935
00:50:30.235 --> 00:50:31.400
Esto es evidente.

936
00:50:31.850 --> 00:50:33.903
La Constitución, claro 
que debe delimitar, 

937
00:50:33.953 --> 00:50:37.110
debe definir el órgano, 
el procedimiento, 

938
00:50:37.270 --> 00:50:39.810
también los límites.

939
00:50:39.890 --> 00:50:43.490
Pero creo que los límites no pueden 
ser la proporcionalidad, 

940
00:50:43.610 --> 00:50:47.170
porque entonces es lo mismo que 
le pasa al artículo 155. 

941
00:50:47.490 --> 00:50:50.485
Tú piensa que el artículo 
155, que para mí, 

942
00:50:50.535 --> 00:50:53.405
por una parte, es plasmación 
del estado de excepción, 

943
00:50:53.455 --> 00:50:55.345
a pesar de que el Tribunal 
Constitucional 

944
00:50:55.395 --> 00:50:58.650
no lo ha dicho, porque a mí 
deberían de explicarme, 

945
00:50:58.710 --> 00:51:00.910
el Tribunal ha dicho con 
mucha claridad. 

946
00:51:01.540 --> 00:51:03.215
Que el artículo 155

947
00:51:03.265 --> 00:51:07.340
forma parte de una situación, es 
una situación excepcional, 

948
00:51:07.500 --> 00:51:08.220
nadie lo duda.

949
00:51:08.360 --> 00:51:11.940
Entonces, la pregunta que yo le hago 
al tribunal es qué diferencia hay, 

950
00:51:12.060 --> 00:51:17.060
por qué es una situación excepcional 
el 116 y no el artículo 155, 

951
00:51:18.520 --> 00:51:20.840
porque además no nos olvidemos 
una cosa, 

952
00:51:21.040 --> 00:51:26.040
claro que el artículo 155 permite 
suspender normas constitucionales, 

953
00:51:27.140 --> 00:51:30.020
cuando habla de medidas necesarias 
está autorizando. 

954
00:51:30.840 --> 00:51:34.655
Que al menos, vamos a aceptar 
aquí, dejen de aplicarse 

955
00:51:34.705 --> 00:51:38.535
o pierdan vigencia determinadas 
normas distributivas de competencias 

956
00:51:38.585 --> 00:51:40.860
que la Constitución atribuye 
a la ley, 

957
00:51:40.920 --> 00:51:42.735
los estatutos de autonomía.

958
00:51:42.785 --> 00:51:43.635
Luego, lo que está haciendo

959
00:51:43.685 --> 00:51:47.615
el Estado central es trascender 
sobre el reparto competencial 

960
00:51:47.665 --> 00:51:51.675
establecido e interferir en el 
ámbito competencial propio 

961
00:51:51.725 --> 00:51:52.895
de una comunidad autónoma.

962
00:51:52.945 --> 00:51:53.460
Ejemplo.

963
00:51:54.170 --> 00:51:56.765
Cuando el Estado disolvió el 
Parlamento Autonómico 

964
00:51:56.815 --> 00:51:59.905
y convocó elecciones, eso es 
una competencia propia 

965
00:51:59.955 --> 00:52:01.310
de la comunidad autónoma.

966
00:52:01.470 --> 00:52:04.245
Y, sin embargo, lo que 
hace el Tribunal 

967
00:52:04.295 --> 00:52:07.685
es autorizar que el Estado 
trascienda sobre el reparto competencial 

968
00:52:07.735 --> 00:52:12.510
y permita ejercer competencias de 
las comunidades autónomas. 

969
00:52:12.990 --> 00:52:16.505
El Tribunal ha acertado y ha dicho 
que eso no puede ser un problema 

970
00:52:16.555 --> 00:52:19.350
de proporcionalidad, es un 
problema de necesidad, 

971
00:52:19.490 --> 00:52:23.370
porque el Estado trasciende sobre 
la normativa establecida. 

972
00:52:24.120 --> 00:52:27.115
Y yo creo que eso es lo que sucede 
también en el Estado de excepción. 

973
00:52:27.165 --> 00:52:28.920
Es un problema de necesidad.

974
00:52:29.560 --> 00:52:32.835
Es decir, no podemos utilizar el 
canon de proporcionalidad 

975
00:52:32.885 --> 00:52:34.960
para analizar la actuación 
del Estado. 

976
00:52:35.300 --> 00:52:39.015
Porque el propio derecho de 
excepción significa por su propia esencia 

977
00:52:39.065 --> 00:52:42.720
que el Estado se desprende en forma 
de diferentes maneras. 

978
00:52:43.020 --> 00:52:45.455
Suspensión, que en España 
son suspensión 

979
00:52:45.505 --> 00:52:46.695
de derechos fundamentales,

980
00:52:46.745 --> 00:52:50.620
en otras constituciones pueden ser 
suspensión de otras normas. 

981
00:52:51.460 --> 00:52:53.551
Que distribuyen territorialmente 
el poder, 

982
00:52:53.601 --> 00:52:55.895
pero desde luego lo que significa

983
00:52:55.945 --> 00:52:59.860
es que el estado de excepción 
permite que el estado excepcione, 

984
00:52:59.940 --> 00:53:02.275
que eso es lo que significa la 
sujeción a determinadas 

985
00:53:02.325 --> 00:53:05.215
normas constitucionales, 
concentre el poder 

986
00:53:05.265 --> 00:53:09.160
y afronte si las ataduras propias 
y situaciones de normalidad. 

987
00:53:09.430 --> 00:53:11.485
Una situación que por su 
propia naturaleza 

988
00:53:11.535 --> 00:53:12.885
es imprevisible y excepcional.

989
00:53:12.935 --> 00:53:15.465
Y yo creo que ahí, no sé 
si se logra entender 

990
00:53:15.515 --> 00:53:17.965
lo que trato de explicar, 
no puede ser aplicar 

991
00:53:18.015 --> 00:53:20.365
el principio de proporcionalidad 
en los términos en los que, 

992
00:53:20.415 --> 00:53:23.290
de manera muy inteligente, 
planteaba Jorge, 

993
00:53:23.510 --> 00:53:25.910
sino que creo que es la necesidad.

994
00:53:26.890 --> 00:53:27.365
No sé,

995
00:53:27.415 --> 00:53:29.930
me imagino que no lo habrá 
respondido a la pregunta, 

996
00:53:30.070 --> 00:53:31.285
pero.

997
00:53:31.335 --> 00:53:32.845
Yo creo que sí que es.

998
00:53:32.895 --> 00:53:36.015
Jorge, es que hay otras preguntas,

999
00:53:36.065 --> 00:53:38.265
que si no, hacemos un debate 
entre los dos 

1000
00:53:38.315 --> 00:53:42.365
y hay preguntas también 
en la esta, perdona, 

1001
00:53:42.415 --> 00:53:45.090
pero si no es que lo monopolizamos.

1002
00:53:45.870 --> 00:53:48.825
Salvador, hay una pregunta.

1003
00:53:48.875 --> 00:53:51.145
Hay una pregunta que es Gabriel 
Vidal, que pregunta, 

1004
00:53:51.195 --> 00:53:52.170
no sé si lo escucháis.

1005
00:53:52.570 --> 00:53:53.685
Buenas tardes, profesores.

1006
00:53:53.735 --> 00:53:55.405
En primer lugar, quiero agradecer

1007
00:53:55.455 --> 00:53:57.345
la sugerente conferencia 
del profesor Álvarez, 

1008
00:53:57.395 --> 00:54:00.405
cuya obra sigo de cerca en relación 
con mi investigación 

1009
00:54:00.455 --> 00:54:03.070
y que es del máximo interés 
dogmático. 

1010
00:54:03.490 --> 00:54:06.850
Me gustaría hacerle dos preguntas, 
aunque se me ocurren muchas, 

1011
00:54:07.050 --> 00:54:10.870
sobre, respectivamente, ambas 
partes de su exposición. 

1012
00:54:12.610 --> 00:54:14.885
En relación con la primera, 
sugiere el profesor 

1013
00:54:14.935 --> 00:54:17.205
que la ley orgánica reguladora 
de los estados de alarma, 

1014
00:54:17.255 --> 00:54:18.119
excepción y sitio,

1015
00:54:18.750 --> 00:54:20.325
pueda no ser el soporte normativo

1016
00:54:20.375 --> 00:54:23.285
apropiado para desarrollar el 
derecho a excepción constitucional, 

1017
00:54:23.335 --> 00:54:26.290
por ser una norma con 
rango infralegal. 

1018
00:54:27.210 --> 00:54:31.410
Sin embargo, frente a esto, 
el profesor Punset, 

1019
00:54:31.610 --> 00:54:35.485
que prologa su libro, realiza 
una apreciable reserva 

1020
00:54:35.535 --> 00:54:39.205
que quizá pueda compartir 
parcialmente sobre la integración 

1021
00:54:39.255 --> 00:54:43.525
de la ley orgánica en lo que ha dado 
a llamar el Tribunal Constitucional 

1022
00:54:43.575 --> 00:54:48.550
el bloque de constitucionalidad de 
excepción, ¿Cómo se compadece esto 

1023
00:54:50.020 --> 00:54:52.900
con su antecita objeción?

1024
00:54:53.100 --> 00:54:54.680
¿O cómo se compadece?

1025
00:54:55.120 --> 00:54:56.342
Imagino que hay que decir.

1026
00:54:57.460 --> 00:54:58.595
¿Contestaréis sinceramente?

1027
00:54:58.645 --> 00:54:59.420
Pues no se puede.

1028
00:55:00.140 --> 00:55:04.765
No se puede porque Ramón Pulset ha 
sido precisamente mi maestro, 

1029
00:55:04.815 --> 00:55:07.540
el que me ha metido a la universidad.

1030
00:55:08.490 --> 00:55:11.905
Y con él estuve dialogándome 
mientras hacía el libro 

1031
00:55:11.955 --> 00:55:15.725
y yo le pedí lo que tiene que 
pedirse en realidad a un maestro, 

1032
00:55:15.775 --> 00:55:17.710
que sea objetivo y crítico 
con el trabajo. 

1033
00:55:17.810 --> 00:55:21.050
Creo que las críticas a un trabajo, 
nosotros en España, 

1034
00:55:21.250 --> 00:55:24.385
y dado que nadie nos oye, 
creo que en España 

1035
00:55:24.435 --> 00:55:29.110
tenemos los profesores 
universitarios excesivo miedo. 

1036
00:55:30.060 --> 00:55:32.040
A que se nos critique 
en conferencias. 

1037
00:55:32.120 --> 00:55:32.775
En conferencias

1038
00:55:32.825 --> 00:55:36.815
parece que hay una especie de pacto 
de silencio entre compañeros, 

1039
00:55:36.865 --> 00:55:38.700
donde parece que no se discute.

1040
00:55:39.100 --> 00:55:42.975
Y yo creo que solo uno realmente 
aprende precisamente 

1041
00:55:43.025 --> 00:55:47.160
cuando otros le llevan a la 
contraria y puede aprender. 

1042
00:55:48.240 --> 00:55:50.415
Yo le pedí a Ramón que escribiera 
el prólogo 

1043
00:55:50.465 --> 00:55:54.315
y yo en realidad no vi el prólogo 
hasta que no estuvo publicado 

1044
00:55:54.365 --> 00:55:58.015
en muestra y le dije que dijera 
con total libertad 

1045
00:55:58.065 --> 00:55:59.480
lo que él estimaba oportuno.

1046
00:56:00.450 --> 00:56:02.605
Y el prólogo difiere no 
solo de esta tesis, 

1047
00:56:02.655 --> 00:56:06.550
sino del concepto del problema de la 
suspensión que yo he visto aquí. 

1048
00:56:07.370 --> 00:56:11.205
Bien, tiene razón él que 
probablemente pueda formar parte 

1049
00:56:11.255 --> 00:56:11.770
de esa ley,

1050
00:56:11.830 --> 00:56:14.605
porque hay muchísimas leyes a las 
que llama la Constitución 

1051
00:56:14.655 --> 00:56:19.330
para que complete una indefinición 
dejada abierta por la Constitución. 

1052
00:56:19.950 --> 00:56:22.510
Y ejercen desde luego 
una función que. 

1053
00:56:23.300 --> 00:56:25.840
Digamoslo así, materialmente 
constitucional. 

1054
00:56:26.000 --> 00:56:29.935
Cuando el Estatuto de Autonomía es 
llamado por la Constitución 

1055
00:56:29.985 --> 00:56:33.435
a completar criterios de validez 
dejados indefinidos 

1056
00:56:33.485 --> 00:56:37.115
por la Constitución, se llama 
bloque constitucional 

1057
00:56:37.165 --> 00:56:39.935
precisamente porque ejercen una 
función constitucional 

1058
00:56:39.985 --> 00:56:42.580
a completar, que es definir 
criterios de validez. 

1059
00:56:42.920 --> 00:56:46.200
Pero al final no tenemos que 
olvidarnos de que ese bloque, 

1060
00:56:46.380 --> 00:56:50.400
por mucho que ejerza una función, 
tiene un rango infraconstitucional. 

1061
00:56:50.920 --> 00:56:53.940
Entonces, Sin desdecir aquí 
al profesor Punset, 

1062
00:56:54.100 --> 00:56:58.675
el problema que yo le veo 
a que una ley defina 

1063
00:56:58.725 --> 00:57:01.200
lo que es el derecho de excepción 
tiene dos problemas. 

1064
00:57:01.460 --> 00:57:04.795
En primer lugar, un problema 
propio de la ley, 

1065
00:57:04.845 --> 00:57:08.580
que no es por el que está 
preguntando nuestro compañero o alumno, 

1066
00:57:08.700 --> 00:57:11.235
que es que la ley lo que 
no puede hacer es 

1067
00:57:11.285 --> 00:57:14.980
preestablecer lo que es imprevisible 
y lo que es excepcional, 

1068
00:57:15.040 --> 00:57:18.695
porque en el momento en que lo haga 
deja de hacerlo y pierde su capacidad 

1069
00:57:18.745 --> 00:57:21.440
para ser considerado justamente 
derecho de excepción. 

1070
00:57:23.050 --> 00:57:25.565
Pero yo creo que lo que sea 
derecho de excepción 

1071
00:57:25.615 --> 00:57:27.930
tiene que regularlo la 
propia Constitución. 

1072
00:57:28.410 --> 00:57:30.990
Es cierto que la ley 
puede completarlo, 

1073
00:57:31.070 --> 00:57:34.910
pero la ley no puede decir más que 
lo que la Constitución diga. 

1074
00:57:35.130 --> 00:57:40.130
Es decir, yo creo que la ley no 
puede decir y lo dicelo que es alarma, 

1075
00:57:42.510 --> 00:57:43.399
excepción y sitio.

1076
00:57:44.040 --> 00:57:47.195
No puede decir que la 
proporcionalidad 

1077
00:57:47.245 --> 00:57:50.275
es un canon de enjuiciamiento 
del derecho de excepción 

1078
00:57:50.325 --> 00:57:53.440
y lo dice, esas cosas 
no las puede decir. 

1079
00:57:53.800 --> 00:57:56.495
Pero no las puede decir 
porque es una norma 

1080
00:57:56.545 --> 00:57:58.180
de rango infraconstitucional.

1081
00:57:58.360 --> 00:58:00.515
Y yo creo que el derecho 
de excepción, 

1082
00:58:00.565 --> 00:58:04.355
si su función es excepcionar 
la sujeción 

1083
00:58:04.405 --> 00:58:05.955
a normas constitucionales,

1084
00:58:06.005 --> 00:58:07.940
yo creo que no lo puede 
hacer una ley. 

1085
00:58:09.100 --> 00:58:12.955
Por eso, cuando la ley habla de 
limitar la libertad de circulación 

1086
00:58:13.005 --> 00:58:15.980
cuando se declara el estado de 
alarma, no puede hacer, 

1087
00:58:16.060 --> 00:58:18.955
por mucha función materialmente 
constitucional 

1088
00:58:19.005 --> 00:58:22.825
que tenga, no puede hacer nada que 
la Constitución le esté prohibiendo, 

1089
00:58:22.875 --> 00:58:25.040
como es respetar su contenido 
excepcional. 

1090
00:58:25.670 --> 00:58:27.405
Es por ello que aquí difiero

1091
00:58:27.455 --> 00:58:32.430
y además lo quiero decir 
abiertamente de mi maestro y no dejo de reconocer 

1092
00:58:32.690 --> 00:58:34.910
que probablemente tenga 
razón él y no yo. 

1093
00:58:34.970 --> 00:58:39.045
Por eso al principio les decía que 
suelo desechar las invitaciones 

1094
00:58:39.095 --> 00:58:42.585
porque yo no represento los esquemas 
de pensamiento propios 

1095
00:58:42.635 --> 00:58:43.485
de nuestra disciplina

1096
00:58:43.535 --> 00:58:46.170
y muchísimos otros lo podrán 
hacer mucho mejor que yo. 

1097
00:58:47.190 --> 00:58:47.750
María.

1098
00:58:49.260 --> 00:58:53.440
Bueno, un comentario rápido y una 
pregunta también muy concreta. 

1099
00:58:53.500 --> 00:58:57.100
El primer comentario para felicitar 
al profesor Álvarez, 

1100
00:58:57.220 --> 00:58:58.520
es un placer escucharle.

1101
00:58:58.900 --> 00:59:03.900
Y en este tema yo creo que estábamos 
tan insatisfechos 

1102
00:59:04.140 --> 00:59:07.780
con el soporte teórico que teníamos,

1103
00:59:07.960 --> 00:59:11.280
las respuestas formativas 
después del COVID, 

1104
00:59:11.380 --> 00:59:15.680
las experiencias, las respuestas 
también jurisdiccionales, 

1105
00:59:16.070 --> 00:59:20.130
había mucha insatisfacción, mucha 
confusión en esos conceptos. 

1106
00:59:20.310 --> 00:59:25.310
Yo creo que su trabajo, desde luego, 
viene a darnos un apoyo teórico 

1107
00:59:27.950 --> 00:59:32.610
que nos habría ayudado muchísimo 
antes de la experiencia del COVID. 

1108
00:59:32.810 --> 00:59:34.545
Así que enhorabuena y muchas gracias.

1109
00:59:34.595 --> 00:59:35.903
Y una pregunta muy concreta.

1110
00:59:36.930 --> 00:59:38.890
Entiendo, no lo has dicho 
expresamente, 

1111
00:59:39.090 --> 00:59:43.145
pero entiendo que el concepto de 
extensión de derechos fundamentales 

1112
00:59:43.195 --> 00:59:44.925
es un concepto, o entiendes,

1113
00:59:44.975 --> 00:59:47.360
cuando es extensión, una 
suspensión formal, 

1114
00:59:47.660 --> 00:59:51.080
los derechos fundamentales dejan 
de existir como tal. 

1115
00:59:52.840 --> 00:59:55.600
Entiendo que es cuando la suspensión,

1116
00:59:55.740 --> 00:59:57.935
porque eso es lo que encaja con tu 
explicación, entiendo, ¿no? 

1117
00:59:57.985 --> 01:00:02.365
Y cuando desaparece el periodo 
de excepción, 

1118
01:00:02.415 --> 01:00:05.620
se vuelven a hacer, digamos, 
los derechos, 

1119
01:00:05.840 --> 01:00:10.615
no se puede recurrir nada que 
haya sucedido en relación 

1120
01:00:10.665 --> 01:00:12.595
con esos derechos que han 
dejado de existir 

1121
01:00:12.645 --> 01:00:14.095
durante ese tiempo excepcional.

1122
01:00:14.145 --> 01:00:16.300
Ese es el concepto de suspensión, es.

1123
01:00:16.730 --> 01:00:19.650
Más normal que material.

1124
01:00:20.270 --> 01:00:21.992
Esos son los dos puntos 
que me quedan. 

1125
01:00:22.330 --> 01:00:25.530
Bueno, muchísimas gracias 
por la felicitación. 

1126
01:00:26.090 --> 01:00:28.265
Lo dije antes, procede de una amiga

1127
01:00:28.315 --> 01:00:32.970
y evidentemente no sería esperable 
otra opinión. 

1128
01:00:34.010 --> 01:00:35.930
Con relación al problema 
de suspensión, 

1129
01:00:35.990 --> 01:00:37.970
lo he tratado de explicar 
en el libro, 

1130
01:00:38.030 --> 01:00:40.250
tenemos un importante 
problema en España. 

1131
01:00:40.610 --> 01:00:43.310
Y es que el problema de la 
suspensión aparece, 

1132
01:00:43.550 --> 01:00:45.930
surge la doctrina europea.

1133
01:00:46.750 --> 01:00:48.205
En un concepto de constitución

1134
01:00:48.255 --> 01:00:49.925
donde la constitución no 
es norma suprema, 

1135
01:00:49.975 --> 01:00:51.290
sino que tiene rango de ley.

1136
01:00:52.390 --> 01:00:55.555
El problema de la suspensión 
se planteó, 

1137
01:00:55.605 --> 01:00:58.905
el debate sobre la suspensión 
se planteó 

1138
01:00:58.955 --> 01:01:01.650
durante la constitución de 
Weimar, ¿os acordáis? 

1139
01:01:02.410 --> 01:01:06.070
Donde se desarrolló el tema, la 
tesis de Carl Smith, ¿no? 

1140
01:01:06.490 --> 01:01:08.845
El artículo 48 de la Constitución

1141
01:01:08.895 --> 01:01:12.865
atribuía al presidente del Reich 
la posibilidad de adoptar 

1142
01:01:12.915 --> 01:01:14.630
todas las medidas necesarias,

1143
01:01:14.750 --> 01:01:17.590
pudiendo incluso suspender 
derechos fundamentales. 

1144
01:01:18.010 --> 01:01:22.745
Claro, en aquel momento las 
denominadas ordenanzas 

1145
01:01:22.795 --> 01:01:27.725
de necesidad tenían reconocidas 
por parte de la doctrina 

1146
01:01:27.775 --> 01:01:30.430
un rango de ley.

1147
01:01:31.700 --> 01:01:34.435
Entonces ahí el problema que 
planteaba la suspensión 

1148
01:01:34.485 --> 01:01:38.035
era la relación entre una norma 
de rango legislativo, 

1149
01:01:38.085 --> 01:01:41.395
como era la Constitución de Weimar, 
porque su artículo 76 

1150
01:01:41.445 --> 01:01:44.535
decía que esta Constitución 
puede ser reformada 

1151
01:01:44.585 --> 01:01:45.600
por vía legislativa.

1152
01:01:45.720 --> 01:01:47.520
Luego una ley podía reformar.

1153
01:01:48.900 --> 01:01:50.875
Y las ordenanzas de necesidad

1154
01:01:50.925 --> 01:01:54.940
adoptadas por el presidente del 
Reich tenían también rango de ley. 

1155
01:01:55.500 --> 01:01:56.935
Entonces, el problema 
que se planteaba 

1156
01:01:56.985 --> 01:01:59.655
era qué efecto jurídico 
tenía una norma 

1157
01:01:59.705 --> 01:02:03.155
dotada de rango de ley prevista para 
situaciones excepcionales 

1158
01:02:03.205 --> 01:02:05.900
respecto de otra norma que 
tenía su propio rango. 

1159
01:02:06.160 --> 01:02:08.060
Y ahí hay un debate.

1160
01:02:08.160 --> 01:02:13.020
Hoy tenemos un encuentro con un 
querido colega, Herod García, 

1161
01:02:13.160 --> 01:02:17.295
que me ha animado a traducir 
precisamente al castellano 

1162
01:02:17.345 --> 01:02:19.275
una obra de referencia 
de Carl Evenstein 

1163
01:02:19.325 --> 01:02:22.980
que se titula Formas.

1164
01:02:23.680 --> 01:02:25.360
No me digas que te ha liado para eso.

1165
01:02:25.440 --> 01:02:26.115
Me ha liado, sí.

1166
01:02:26.165 --> 01:02:27.120
Me intentó liar a mí.

1167
01:02:27.340 --> 01:02:28.140
Ya lo sabía yo.

1168
01:02:29.040 --> 01:02:34.040
Es que es un libro que no está 
traducido y que en España 

1169
01:02:34.440 --> 01:02:38.840
no existía, solo había en dos 
o tres universidades, 

1170
01:02:38.940 --> 01:02:41.855
y el que tienes lo conseguí 
en Santiago de Compostela 

1171
01:02:41.905 --> 01:02:43.980
por préstamo interbibliotecario.

1172
01:02:44.140 --> 01:02:45.895
Y luego ya, como me dijeron 
los del préstamo, 

1173
01:02:45.945 --> 01:02:48.080
no te preguntamos qué haces con él,

1174
01:02:48.140 --> 01:02:50.175
porque es un libro que ya no 
se ha vuelto a editar. 

1175
01:02:50.225 --> 01:02:53.340
Entonces, para poder traducirlo, 
Bueno, me ha liado, 

1176
01:02:53.400 --> 01:02:55.955
casi me ha liado, voy a decirlo 
por poner una nota de humor, 

1177
01:02:56.005 --> 01:02:57.635
me ha liado porque como sabe 
que el año que viene, 

1178
01:02:57.685 --> 01:03:02.660
si no pasa nada extraordinario, pues 
me iré a la Universidad de Viena 

1179
01:03:03.140 --> 01:03:04.515
a hacer una larga estancia 
de investigación, 

1180
01:03:04.565 --> 01:03:08.835
aprovechando que no voy a dar clase, 
pues él me ha liado sabiendo que voy 

1181
01:03:08.885 --> 01:03:12.020
a tener un año libre para que me 
meta a traducir 90 páginas. 

1182
01:03:12.160 --> 01:03:16.280
Más allá de la anécdota, Carl 
Evenstein lo que decía, 

1183
01:03:16.400 --> 01:03:21.400
su libro se titula Formas de 
proceder a la reforma constitucional. 

1184
01:03:22.940 --> 01:03:23.415
Y entonces,

1185
01:03:23.465 --> 01:03:26.635
una de esas formas de proceder 
a la reforma constitucional 

1186
01:03:26.685 --> 01:03:29.700
es precisamente la suspensión 
constitucional. 

1187
01:03:29.880 --> 01:03:33.780
Y Karl Levinstein, yo 
creo que con razón, 

1188
01:03:33.960 --> 01:03:38.075
junto con otro autor alemán, 
si os acordáis, 

1189
01:03:38.125 --> 01:03:41.635
la primera conferencia de 
profesores alemanes, 

1190
01:03:41.685 --> 01:03:44.620
celebrada en la ciudad de Jena,

1191
01:03:44.740 --> 01:03:49.515
en la que intervinieron Erwin Jacobi 
y Karl Schmitt sobre los poderes 

1192
01:03:49.565 --> 01:03:50.780
del presidente del Reich.

1193
01:03:51.820 --> 01:03:56.775
Erwin Jacobi defendía la misma tesis 
que Karl Levenstein y decía 

1194
01:03:56.825 --> 01:04:01.295
que una suspensión constitucional no 
era más que una manera de proceder 

1195
01:04:01.345 --> 01:04:02.800
a la reforma constitucional.

1196
01:04:02.900 --> 01:04:06.155
Es decir, la constitución desaparece,

1197
01:04:06.205 --> 01:04:08.420
lo que tú decías, queda derogada.

1198
01:04:09.270 --> 01:04:11.125
En principio, solo temporalmente,

1199
01:04:11.175 --> 01:04:13.445
mientras está declarada la 
situación de excepción. 

1200
01:04:13.495 --> 01:04:15.090
El problema es que nosotros,

1201
01:04:15.310 --> 01:04:17.785
con el concepto de derogación 
en el ámbito del derecho, 

1202
01:04:17.835 --> 01:04:19.825
estamos aludiendo a la 
muerte de una norma. 

1203
01:04:19.875 --> 01:04:23.550
Cuando una persona muere, 
no vuelve a resucitar. 

1204
01:04:23.650 --> 01:04:26.390
Y la derogación de una norma 
es exactamente lo mismo. 

1205
01:04:26.550 --> 01:04:28.945
La norma perece del ordenamiento 
jurídico 

1206
01:04:28.995 --> 01:04:30.905
y entonces el problema es 
que esa norma solo 

1207
01:04:30.955 --> 01:04:33.430
puede estar en vigor, como 
decía Fidel Colla, 

1208
01:04:33.490 --> 01:04:37.545
a través de un acto normativo 
expreso que vuelva a reinstaurar 

1209
01:04:37.595 --> 01:04:38.181
su vigencia.

1210
01:04:38.780 --> 01:04:41.445
Entonces, el problema que 
hemos planteado, 

1211
01:04:41.495 --> 01:04:42.975
a mi modo de ver, que hay en España,

1212
01:04:43.025 --> 01:04:46.380
y eso lo he analizado en uno de 
los siete años del libro, 

1213
01:04:46.800 --> 01:04:51.800
fue que nosotros hemos aceptado 
en España pacíficamente 

1214
01:04:52.600 --> 01:04:54.620
aquel debate, lo hemos 
traído a España, 

1215
01:04:54.820 --> 01:04:57.955
muchas veces autores que 
no han podido leer 

1216
01:04:58.005 --> 01:05:01.140
las fuentes originales, lo 
hemos traído a España, 

1217
01:05:01.260 --> 01:05:04.300
como pasa muchísimas otras 
veces en España, 

1218
01:05:04.420 --> 01:05:07.255
a mi modo de ver, utilizamos 
en muchas ocasiones 

1219
01:05:07.305 --> 01:05:10.940
el derecho comparado, para importar 
soluciones a España, 

1220
01:05:11.120 --> 01:05:14.055
como ha pasado, por ejemplo, 
con el artículo 155 

1221
01:05:14.105 --> 01:05:18.015
de la Constitución, que es una copia 
del poder de coerción federal 

1222
01:05:18.065 --> 01:05:21.940
que establece el artículo 37 de 
la Constitución alemana, 

1223
01:05:22.040 --> 01:05:23.820
y lo hemos importado aquí.

1224
01:05:24.000 --> 01:05:26.575
Pero claro, el problema del derecho 
del recurso al derecho 

1225
01:05:26.625 --> 01:05:28.980
comparado es el que siempre tenemos,

1226
01:05:29.160 --> 01:05:32.260
que tenemos que ser capaces de 
ver si los presupuestos. 

1227
01:05:32.910 --> 01:05:36.550
Que justifican esa institución 
se satisfacen aquí. 

1228
01:05:36.710 --> 01:05:40.630
Y es algo que a mi modo de ver esto 
no siempre hemos hecho en España. 

1229
01:05:41.250 --> 01:05:42.285
Entonces el gran problema,

1230
01:05:42.335 --> 01:05:45.845
el gran desafío que plantea la 
suspensión es cómo es posible 

1231
01:05:45.895 --> 01:05:50.870
traer un debate al derecho español 
vigente en el que ahora ya 

1232
01:05:51.850 --> 01:05:54.270
tenemos una constitución 
como norma suprema. 

1233
01:05:55.150 --> 01:05:58.105
Hablar de suspensión era muy fácil 
en la constitución de Weimar 

1234
01:05:58.155 --> 01:06:01.065
porque hablábamos de la derogación 
de una norma con rango de ley 

1235
01:06:01.115 --> 01:06:02.670
por otra norma.

1236
01:06:03.350 --> 01:06:08.245
Pero ¿cómo es posible que en España 
podamos plantear que la suspensión 

1237
01:06:08.295 --> 01:06:11.485
es un problema de vigencia y 
no llegamos a plantearnos 

1238
01:06:11.535 --> 01:06:14.225
que sea una auténtica derogación 
de la Constitución, 

1239
01:06:14.275 --> 01:06:14.861
no un cambio?

1240
01:06:15.170 --> 01:06:16.310
Hay algunos autores,

1241
01:06:16.430 --> 01:06:19.185
por ejemplo Vicente Álvarez, 
catedrático 

1242
01:06:19.235 --> 01:06:21.605
de Derecho Administrativo, de 
gran prestigio en España, 

1243
01:06:21.655 --> 01:06:22.545
quiero reconocerlo,

1244
01:06:22.595 --> 01:06:26.210
que se ha atrevido a hablar de 
una derogación temporal. 

1245
01:06:26.470 --> 01:06:27.750
Y creo que tiene razón.

1246
01:06:28.010 --> 01:06:30.505
Pero claro, yo creo que el concepto 
de derogación temporal 

1247
01:06:30.555 --> 01:06:33.050
es una contradicción en 
sus propios términos. 

1248
01:06:33.520 --> 01:06:36.940
Una norma no puede derogarse 
temporalmente, 

1249
01:06:37.000 --> 01:06:40.260
como una persona tampoco puede 
morirse temporalmente. 

1250
01:06:41.060 --> 01:06:44.115
Entonces yo, a la respuesta a 
la que tú me formulabas, 

1251
01:06:44.165 --> 01:06:47.315
yo creo que tiene que producirse 
una derogación constitucional. 

1252
01:06:47.365 --> 01:06:49.195
Es una suerte de cambio 
constitucional. 

1253
01:06:49.245 --> 01:06:50.880
Una derogación que no hace.

1254
01:06:51.770 --> 01:06:54.045
La norma que declara de estado 
de excepción y de sitio, 

1255
01:06:54.095 --> 01:06:57.435
sino que es una autoderogación que 
lleva a cabo la propia Constitución. 

1256
01:06:57.485 --> 01:07:00.045
La Constitución se autoderoga, 
desaparece, 

1257
01:07:00.095 --> 01:07:03.305
para permitir que una norma de 
rango infraconstitucional 

1258
01:07:03.355 --> 01:07:07.445
pueda contradecirla válidamente 
y regular para la situación 

1259
01:07:07.495 --> 01:07:11.590
excepcional eso que la Constitución 
en principio, 

1260
01:07:11.710 --> 01:07:13.488
si estuviese vigente, le prohibiría.

1261
01:07:14.190 --> 01:07:16.950
Por eso yo creo, que es una 
tesis realmente radical, 

1262
01:07:17.130 --> 01:07:19.325
ahora ya ven por qué no me invitan 
a muchísimas partes, 

1263
01:07:19.375 --> 01:07:20.070
que.

1264
01:07:21.000 --> 01:07:22.800
Yo creo que es una autoderogación.

1265
01:07:22.900 --> 01:07:24.860
Esta es la tesis que 
defiende el libro. 

1266
01:07:24.940 --> 01:07:27.135
Por eso el derecho de excepción 
es un milagro jurídico, 

1267
01:07:27.185 --> 01:07:29.975
porque estamos presuponiendo para 
que el derecho de excepción 

1268
01:07:30.025 --> 01:07:30.778
se juridifique.

1269
01:07:31.820 --> 01:07:34.575
Que tiene que derogar la 
Constitución de alguna manera posible, 

1270
01:07:34.625 --> 01:07:36.595
y finalidad a la situación 
de excepción, 

1271
01:07:36.645 --> 01:07:38.480
la Constitución vuelve 
a ser la misma, 

1272
01:07:38.600 --> 01:07:40.265
es decir, reinstauri su vigencia.

1273
01:07:40.315 --> 01:07:43.135
Eso creo que solo puede ser 
posible para quien crea, 

1274
01:07:43.185 --> 01:07:45.120
quien obre, un milagro jurídico.

1275
01:07:45.220 --> 01:07:46.880
Por eso, Matías Díez Taed,

1276
01:07:47.000 --> 01:07:48.955
con el que empezaba al principio 
de la intervención, 

1277
01:07:49.005 --> 01:07:52.980
decía que muchas veces los juristas, 
callamos la suposición de Maslow, 

1278
01:07:54.190 --> 01:07:56.235
Presuponíamos que eso 
estaba sucediendo, 

1279
01:07:56.285 --> 01:07:58.635
pero no nos dábamos cuenta 
si la ciencia jurídica, 

1280
01:07:58.685 --> 01:08:02.785
si las categorías de las que 
nosotros nos servimos para poder explicar 

1281
01:08:02.835 --> 01:08:07.250
lo que el derecho hace, permite eso 
que en realidad estamos aceptando. 

1282
01:08:07.470 --> 01:08:09.045
Les invito a cualquiera de ustedes

1283
01:08:09.095 --> 01:08:11.465
que lean cualquier trabajo sobre 
la suspensión de derechos 

1284
01:08:11.515 --> 01:08:16.490
y el que más se ha acercado a lo que 
yo he descrito en el libro, 

1285
01:08:16.650 --> 01:08:18.890
es un fantástico trabajo 
de Benito Alaez, 

1286
01:08:19.560 --> 01:08:21.980
No llega a hablar del concepto 
de derogación, 

1287
01:08:22.080 --> 01:08:23.460
pero para que lo que hace,

1288
01:08:23.580 --> 01:08:26.495
para que suceda lo que 
él está explicando, 

1289
01:08:26.545 --> 01:08:29.875
que yo creo que tiene razón, 
la Constitución 

1290
01:08:29.924 --> 01:08:31.134
tiene que haber desaparecido.

1291
01:08:31.185 --> 01:08:34.154
En aquello en lo que el Estado 
de sección y de sitio 

1292
01:08:34.205 --> 01:08:35.014
decía suspender.

1293
01:08:35.160 --> 01:08:40.160
Pero no dejo de entender que esto es 
una opinión totalmente minoritaria, 

1294
01:08:40.540 --> 01:08:43.900
no expresa el parecer mayoritario, 
y yo creo que vale más, 

1295
01:08:43.980 --> 01:08:46.600
como todo en la vida, vivir 
en la ignorancia. 

1296
01:08:47.980 --> 01:08:49.015
Y ser felices, ¿no?

1297
01:08:49.065 --> 01:08:51.174
Porque, claro, esto es lo 
que me he encontrado 

1298
01:08:51.225 --> 01:08:53.960
después de siete años de 
investigación y, al final, 

1299
01:08:54.020 --> 01:08:56.460
esto, como decía mi querido 
amigo Luis Pómez, 

1300
01:08:56.540 --> 01:08:59.055
es como encontrar pelos 
en una calavera, ¿no? 

1301
01:08:59.105 --> 01:09:01.920
Esto no deja de ser una 
cosa muy técnica, 

1302
01:09:02.060 --> 01:09:05.279
pero yo creo que el derecho de 
excepción no es juridificable. 

1303
01:09:06.720 --> 01:09:08.505
Hay que terminar, ¿no?

1304
01:09:08.555 --> 01:09:10.660
Dani quería decir algo.

1305
01:09:10.759 --> 01:09:12.160
Dejamos a Dani un minuto.

1306
01:09:12.799 --> 01:09:14.720
La cosa, por favor, es que.

1307
01:09:15.299 --> 01:09:16.174
Rápidamente o si no.

1308
01:09:16.225 --> 01:09:18.940
Bueno, soy súper rápido.

1309
01:09:19.640 --> 01:09:21.415
Daniel Pelayo, profesor de 
la Facultad de Derecho. 

1310
01:09:21.464 --> 01:09:23.555
Sí, Daniel Pelayo, profesor de 
la Facultad de Derecho. 

1311
01:09:23.605 --> 01:09:24.247
Enhorabuena.

1312
01:09:24.440 --> 01:09:26.555
Tengo que reconocer que 
desde la carrera 

1313
01:09:26.605 --> 01:09:29.247
no había pensado tanto en un estado 
de ánimo al principio. 

1314
01:09:29.660 --> 01:09:32.455
Y, bueno, me ha hecho muchísimo 
reflexionar. 

1315
01:09:32.505 --> 01:09:34.255
Entonces, mi pregunta va 
sin ninguna trampa 

1316
01:09:34.305 --> 01:09:36.259
y yo creo que la he respondido ahora.

1317
01:09:36.440 --> 01:09:38.819
Es que la sensación que me 
ha producido al final, 

1318
01:09:38.900 --> 01:09:41.511
mi reflexión a la que me ha llevado 
es que efectivamente. 

1319
01:09:47.700 --> 01:09:50.359
Constitucionales cuando 
están desaparecidas, 

1320
01:09:50.420 --> 01:09:53.895
es decir, se han suspendido, se 
han derogado o no existen. 

1321
01:09:53.944 --> 01:09:57.375
Entonces, yo creo que es por un 
intento de conservación, 

1322
01:09:57.425 --> 01:09:59.755
principio de conservación del 
ordenamiento constitucional 

1323
01:09:59.805 --> 01:10:03.900
para aplicarlo al estado de 
excepción o de sitio. 

1324
01:10:03.980 --> 01:10:05.560
Entonces, mi pregunta era esa.

1325
01:10:05.700 --> 01:10:08.075
¿No puede ser que se 
produzca realmente 

1326
01:10:08.125 --> 01:10:09.375
una derogación constitucional

1327
01:10:09.425 --> 01:10:11.435
y a lo mejor lo que tenía que 
prever la Constitución 

1328
01:10:11.485 --> 01:10:14.240
es la forma de volver a recuperarse?

1329
01:10:15.180 --> 01:10:16.792
Correcto, y respondo brevemente.

1330
01:10:17.580 --> 01:10:19.700
La pregunta tiene mucho sentido.

1331
01:10:20.100 --> 01:10:21.640
Sí, sí, ya terminó.

1332
01:10:21.740 --> 01:10:24.940
La pregunta tiene mucho sentido, 
mucho sentido. 

1333
01:10:25.120 --> 01:10:29.555
Yo creo que al principio fingía una 
conversación con mi compañero 

1334
01:10:29.605 --> 01:10:31.955
Carlos Vidal diciendo que la función 
del derecho de excepción 

1335
01:10:32.005 --> 01:10:34.240
es reinstaurar la normalidad.

1336
01:10:34.420 --> 01:10:36.515
Yo creo que esto es un mito 
del que hemos vivido 

1337
01:10:36.565 --> 01:10:37.818
durante demasiado tiempo.

1338
01:10:37.940 --> 01:10:40.015
Al final, mi libro lo 
que acaba diciendo 

1339
01:10:40.065 --> 01:10:42.240
es que el derecho de excepción, 
en realidad. 

1340
01:10:43.340 --> 01:10:45.780
Es una suposición que hacemos 
los juristas. 

1341
01:10:46.320 --> 01:10:50.355
Si ustedes han leído y ven muchos 
trabajos científicos 

1342
01:10:50.405 --> 01:10:54.380
que han sido publicados en España 
sobre el golpe de Estado del 23F, 

1343
01:10:54.520 --> 01:10:59.520
creo que la mayoría de la gente, 
entre ellos Eloy García, 

1344
01:11:00.120 --> 01:11:03.035
dice que la actuación del jefe del 
Estado estuvo desprovista 

1345
01:11:03.085 --> 01:11:04.504
de apoyatura constitucional.

1346
01:11:04.720 --> 01:11:06.980
Sin olvidar, parece compagerlo.

1347
01:11:07.360 --> 01:11:08.560
Pero, sin embargo.

1348
01:11:09.560 --> 01:11:11.875
Muchos de los trabajos de la 
literatura científica 

1349
01:11:11.925 --> 01:11:14.455
a lo largo de estos últimos 
casi 50 años 

1350
01:11:14.505 --> 01:11:17.580
han estudiado precisamente eso.

1351
01:11:17.800 --> 01:11:20.620
Creo que el derecho de excepción 
es, en realidad, 

1352
01:11:20.780 --> 01:11:23.500
no algo que el derecho pueda 
regular completamente, 

1353
01:11:23.820 --> 01:11:28.040
sino que en el fondo no deja de ser 
una suposición de los juristas. 

1354
01:11:28.400 --> 01:11:30.400
La suposición de que alguien.

1355
01:11:31.100 --> 01:11:34.455
Hará algo que sea ilegal 
con la finalidad 

1356
01:11:34.505 --> 01:11:37.215
de salvaguardar aquel objeto 
que nosotros consideramos 

1357
01:11:37.265 --> 01:11:38.735
como el derecho constitucional.

1358
01:11:38.785 --> 01:11:43.040
Es decir, que se sigan estudiando 
los actos del jefe del Estado, 

1359
01:11:43.160 --> 01:11:45.360
aunque sean inconstitucionales, 
creo yo, 

1360
01:11:45.460 --> 01:11:49.235
y cual de manera equivocada, es 
precisamente por esa suposición 

1361
01:11:49.285 --> 01:11:52.500
de que eso tiene que ser el objeto 
de nuestro destino. 

1362
01:11:52.660 --> 01:11:55.460
Por eso, gracias por la pregunta, 
me parece muy acertado. 

1363
01:11:56.080 --> 01:11:57.200
Bueno, gracias.

1364
01:11:57.460 --> 01:12:00.100
Yo creo que ha sido una delicia.

1365
01:12:00.200 --> 01:12:02.367
Es verdad que nos has hecho 
reflexionar mucho. 

1366
01:12:02.480 --> 01:12:06.355
Perdón a la organización por 
haber nos atendido. 

1367
01:12:06.405 --> 01:12:09.540
Además, creo que Laura tiene 
un tren que tomar. 

1368
01:12:10.900 --> 01:12:11.760
No, no.

1369
01:12:14.940 --> 01:12:17.460
Ya terminamos porque vamos 
con bastantes retrasos. 

1370
01:12:17.880 --> 01:12:19.500
Muchas gracias, Leonardo.

1371
01:12:19.900 --> 01:12:21.055
Y enhorabuena.

1372
01:12:21.105 --> 01:12:22.860
Ha sido espectacular, en mi opinión.

1373
01:12:22.980 --> 01:12:24.415
Y otra vez, ¿no?

1374
01:12:24.465 --> 01:12:24.940
Pues.

